MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Ingein Ingeniería & Gestión Inmobiliaria Limitada

RUT 76505730-2 CVE 1872794
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2019
Repertorio
4168/2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MURIEL TAPIA URIBE, Abogado, Suplente del Notario Público Titular de la 67 Notaría de Santiago, SERGIO JARA CATALÁN, con oficio Av. Príncipe de Gales 5841, La Reina, certifico por escritura pública hoy ante mí, ALDO RODRIGO AHUMADA CHU-HAN, abogado, en representación, de JORGE ENRIQUE TORRES FERNÁNDEZ, y de JORGE CRISTIAN TORRES BOCH; todos, domiciliados para estos efectos en Av. Irarrázaval 2821, Of. 302, Ñuñoa, expone: Que, con fecha 30 diciembre 2019, ante el Notario de este oficio, don SERGIO JARA CATALAN, bajo el Repertorio 4168/2019, los representados celebraron un contrato de Modificación de la Sociedad INGEIN, INGENIERÍA & GESTIÓN INMOBILIARIA LIMITADA, en la cual, don JORGE ENRIQUE TORRES FERNÁNDEZ, vende cede y transfiere a don JORGE CRISTIAN TORRES BOCH, quien compra, acepta y adquiere para sí, el equivalente al 99% de los derechos sociales que el primero tenía en la sociedad “INGEIN, INGENIERÍA & GESTIÓN INMOBILIARIA LIMITADA”. Dicha modificación quedó inscrita a fojas 16575 Nº 8423, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2020. y se anotó al margen de la inscripción de constitución inscrita a Fs. 11.591 Nº 7.856, año 2006. Que por un error inadvertido e involuntario, en la cláusula primera de la escritura citada, fue erróneamente transcrito el monto del capital social. El compareciente, debidamente facultado, viene en rectificar la escritura citada, de la siguiente manera: Cláusula primera, donde dice “El capital de INGEIN, INGENIERÍA & GESTIÓN INMOBILIARIA LIMITADA, es la suma de $3.000.000, debe decir: “El capital de INGEIN, INGENIERÍA & GESTIÓN INMOBILIARIA LIMITADA, es la suma de $10.000.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 diciembre 2020.