MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA HIDRORACU LIMITADA

RUT 76330849-9 CVE 1872494
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de noviembre de 2020

Instrumento

Fecha
19 de noviembre de 2020
Notario
suscrita ante suplente doña Giselle Tapia Romo
Domicilio
las comunas de La Calera

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GLORIA TAPIA BAHAMONDES, Notario comunas La Calera, Nogales e Hijuelas, Diego Lillo 331, suplente de la titular Lidia María Chahúan Issa, certifico: Por escritura de fecha 19 de noviembre de 2020, ante la titular, Renzo Atilio Curotto Díaz, domicilio Calle Cuartel 420, Hijuelas, don Fernando Enrique Raffo Budge y doña María Consuelo Vargas Gómez, ambos con domicilio en parcela 22, Hualcapo, Hijuelas, todos Región Valparaíso, modificaron sociedad “COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA HIDRORACU LIMITADA”, también “COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA HIDRORACU LTDA.” o “HIDRORACU LTDA, constituida por dos primeros, escritura pública de fecha 19 de febrero 2014, suscrita ante suplente doña Giselle Tapia Romo, Notario Público Titular de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, María Lidia Chahuan Issa, inscrita a fs. 34 vta. Nº 27 Registro Comercio CBR La Calera año 2014, publicada fecha 12 de mayo de 2020 en Notaria Lidia María Chahuan Issa de la comuna de La Calera, extracto publicado el 15 de mayo de 2020 inscrita a fojas 53 vta. N° 33 Registro de Comercio año 2020 CBR La Calera.- Cesión: don Renzo Atilio Curotto Díaz dueño del 7 % de los derechos sociales, vende, cede y transfiere sus derechos, participación e interés en la sociedad a doña María Consuelo Vargas Gómez en la suma de $5.263.436, monto que se cancela: con una cuota de $2.631.718 al contado y dinero efectivo; y una cuota de $2.631.718 que se cancela los últimos cinco días del mes de diciembre de 2020.- Modificaciones: A contar de esta fecha se retira de la sociedad don Renzo Atilio Curotto Díaz, en consecuencia serán únicos socios don Fernando Enrique Raffo Budge y doña María Consuelo Vargas Gómez. Modifican la cláusula Quinta de los estatutos, referida a la administración, declarando que la administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios don Fernando Enrique Raffo Budge o doña María Consuelo Vargas Gómez.- Se mantiene el capital social originario de $10.000.000.- Demás estipulaciones constan escritura extractada.- La Calera, a 24 de Diciembre de 2020.-