RENTAS VIÑA VIEJA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de noviembre de 2020
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular 43ª Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N° 835, Piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 19 de noviembre de 2020, otorgada ante mí, i) Germán Luis Eguiguren Franke, cédula nacional de identidad N° 6.076.689-K, en calidad de cedente de sus derechos sociales en Rentas Viña Vieja Limitada; ii) Rentas Cerro De Ramón Limitada, rol único tributario N° 76.775.510-4 en su calidad de socio de Rentas Viña Vieja Limitada; y iii) El Gobernador SpA, rol único tributario N° 77.227.608-7, en su calidad de adquirente de los derechos sociales que correspondían a Germán Luis Eguiguren Franke en Rentas Viña Vieja Limitada, todos con domicilio en la ciudad de Santiago, en Avenida Santa María N° 2450, tercer piso, comuna de Providencia, debidamente representados, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada “RENTAS VIÑA VIEJA LIMITADA” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 338, número 272 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007. En la escritura pública de fecha 19 de noviembre de 2020 los comparecientes acordaron lo siguiente: (i) Dieron cuenta que por escritura pública de fecha 14 de septiembre de 2020, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Rentas Cerro de Ramón Limitada debidamente representada, compareció a la constitución de “El Gobernador SpA”, con el objeto de autorizar el aporte y cesión de los derechos sociales de la Sociedad por parte de Germán Luis Eguiguren Franke a El Gobernador SpA, y de aceptar a El Gobernador SpA como nuevo socio en la Sociedad; y (ii) En consideración a lo previamente expuesto, los socios vinieron en acordar una modificación de los estatutos sociales de la Sociedad para efectos de reflejar la cesión previamente expuesta, sustituyendo el Artículo Cuarto estatutos sociales por el siguiente: “CUARTO. Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, el cual ha sido enterado en dinero efectivo y corresponde a los actuales socios de la sociedad como sigue: a) RENTAS CERRO DE RAMON LIMITADA, la suma de novecientos noventa mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; b) EL GOBERNADOR SpA, la suma de diez mil pesos, equivalentes al uno por ciento de los derechos sociales.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 11 de diciembre de 2020.