CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES FCM SpA

CVE 1871500
Capital
$3.001.000 CLP
Fecha instrumento
7 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
7 de diciembre de 2020
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.001.000 CLP
Domicilio
El domicilio social será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial podrá ser ejercida actuando individualmente don Rafael Marcos Benjamín Cvjetkovic Muñoz, ya individualizado, con amplias facultades. El administrador, en cada caso, actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, contará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad.- Asimismo los administradores contaran con las facultades enunciadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 07 de diciembre del año 2020, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz: INVERSIONES RCM SpA e INVERSIONES MISE SpA, vienen en constituir una sociedad por acciones en los siguientes términos: I. Razón Social. La razón social será “INVERSIONES FCM SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “FCM SpA”.- II. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: (a) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios con los caracteres de renta fija, pudiendo realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; (b) El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros; (c) El estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; (d) Realizar por cuenta propia o ajena, toda clase de actos, operaciones, o negocios mercantiles quedando expresamente comprendido la importación, representación y exportación de toda clase de bienes, la prestación de todo tipo de servicios comerciales, la participación en todo tipo de sociedades y cualquier negocio o asunto que acuerden los accionistas.- III. Domicilio. El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero.- IV. Duración. Indefinida.- V. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $3.001.000.000 representado por 1.000 acciones nominativas y sin valor nominal y cada una de igual valor, de las cuales 500 acciones corresponderán a la “Serie A”; y, 500 acciones corresponderán a la “Serie B”, las cuales se suscriben y pagan de la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos Sociales. El capital deberá estar pagado dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de la escritura extractada, y podrá pagarse en dinero efectivo o en bienes incorporales muebles, incluyendo acciones o derechos de toda clase de sociedades. Las acciones estarán representadas por títulos cuya forma, emisión, entrega, inutilización, reemplazo, canje, transferencia, transmisión y adjudicación se sujetará a las disposiciones que sobre la materia prescribe la ley de Sociedades Anónimas y su Reglamento.- VI. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial podrá ser ejercida actuando individualmente don Rafael Marcos Benjamín Cvjetkovic Muñoz, ya individualizado, con amplias facultades. El administrador, en cada caso, actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, contará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad.- Asimismo los administradores contaran con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 21 de diciembre de 2020.-