CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA MERIDIANO SETENTA Y DOS LIMITADA

CVE 1870700
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de diciembre de 2020
Notaría
Chillán
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de diciembre de 2020
Notario
JOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ
Oficio
Segunda Notaria de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

N. fantasía
“AGRÍCOLA MERIDIANO 72 LTDA.”
Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Comuna de Bulnes
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley 3.918.

Objeto social

Todo lo relacionado con el área Agrícola, Frutícola, Ganadera, Forestal y Comercial, en tal sentido, ejercerá la explotación en general de predios agrícolas, frutícolas, ganadero y forestales, ya sean de su propiedad o ajenos; la compraventa de todo tipo de productos agrícolas, frutícolas, ganaderos y forestales; la comercialización en todas sus formas de insumos agrícolas, frutícolas, ganaderos y forestales, tales como pesticidas, y fertilizantes, entre otros; y en general ejecutar todos los actos comerciales del giro o cualquier otro ramo que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Chillán, con oficio en calle El Roble Nº 620, certifico: Por escritura pública otorgada ante el notario suplente de mi oficio don Rodrigo Ignacio Irribarra Salazar, de fecha 11 de Diciembre de 2020, don ÁLVARO GERMÁN CALBACHO MÉNDEZ, chileno, casado, ingeniero comercial, y don JAIME ALBERTO IRIGOYEN RADEMACHER, chileno, agricultor, casado y separado totalmente de bienes, ambos domiciliados en Predio o Fundo “Del Pehuén” s/n, comuna de Bulnes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada Ley 3.918.- Razón social: “SOCIEDAD AGRÍCOLA MERIDIANO SETENTA Y DOS LIMITADA”.- Nombre de fantasía: “AGRÍCOLA MERIDIANO 72 LTDA.”. Domicilio: Comuna de Bulnes, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros puntos del país o el extranjero.- Objeto: Todo lo relacionado con el área Agrícola, Frutícola, Ganadera, Forestal y Comercial, en tal sentido, ejercerá la explotación en general de predios agrícolas, frutícolas, ganadero y forestales, ya sean de su propiedad o ajenos; la compraventa de todo tipo de productos agrícolas, frutícolas, ganaderos y forestales; la comercialización en todas sus formas de insumos agrícolas, frutícolas, ganaderos y forestales, tales como pesticidas, y fertilizantes, entre otros; y en general ejecutar todos los actos comerciales del giro o cualquier otro ramo que los socios acuerden.- Capital social: $10.000.000, aportados y enterados de la siguiente forma: a) don ÁLVARO GERMÁN CALBACHO MÉNDEZ, aporta la suma de $8.000.000 de contado y en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social, y b) don JAIME ALBERTO IRIGOYEN RADEMACHER, aporta la suma de $2.000.000 de contado y en dinero en efectivo, ingresados en este acto a la caja social.- Administracion, representación y uso de la razón social, corresponderá al socio don JAIME ALBERTO IRIGOYEN RADEMACHER, con amplias facultades y limitaciones indicadas en pacto social.- Duración: Indefinida.- Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Utilidades y/o eventuales pérdidas se repartirán a prorrata de aportes.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Chillán, 14 de Diciembre de 2020.