MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PARASOL SpA

RUT 76688932-8 CVE 1870789
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2020
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

2. Cambio de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 16 de diciembre de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública la Sexta Junta Extraordinaria de Accionistas de “PARASOL SpA”, celebrada el 10/11/2020, donde los accionistas de la sociedad acordaron: 1. La modificación del Objeto Social. 2. Cambio de razón social. 3. Modificación de Estatutos: “Artículo Primero: El nombre de la sociedad será “ASESORÍAS E INVERSIONES PARASOL SpA”, cuyo uso obligará a la sociedad ante bancos, instituciones públicas y privadas, personas naturales o jurídicas, y en general ante cualquier entidad que contrate con ella, incluso el Fisco de Chile.”; y “Artículo Tercero: El objeto de la sociedad será: i) Prestar asesorías contables, tributarias, financieras y técnico, autorías operativas y de gestión, diseño e implementación de sistemas de control interno, organizar y dictar cursos de adiestramiento; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoria nacionales o extranjeras; ii) Invertir, utilizando recursos propios o de terceros, en toda clases de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades y asociaciones de cualquier naturaleza; y iii) Finalmente la Sociedad podrá realizar toda otra actividad u objeto que los accionistas acuerden al respecto y que no sea contraria a derecho. Para estos efectos, podrá: /a/ Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b/ Invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; c) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; /e/ Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f/ Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g/ Administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h/ Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; y /j/ En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 18 de diciembre del 2020.