MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA EL LLANO LIMITADA

RUT 76078289-0 CVE 1871002
Capital
$1.280.790.568 CLP
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2020

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2020
Repertorio
13500-2020

Sociedad

Capital
$1.280.790.568 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA EL LLANO LIMITADA socio 76078289-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE AGUSTIN DONOSO MUSIATE, Notario Concepción, suplente del titular Ramón García Carrasco Oficio Rengo 444, certifica Por escritura pública de 16 de diciembre 2020, repertorio 13500-2020, ante mí FERNANDO DOMINGO SAENZ LLORENTE C.I.N° 6.357.425-2 en nombre y representación de, INVERSIONES ALTAS CUMBRES SpA RUT 76.174.763-0, ambos con domicilio en Cochrane 635, oficina 1601, Torre A, Concepción y JOSÉ LUIS SAENZ LEIVA C.I.N° 5.629.275-9, domiciliado en Av. Michaihue número 120, San Pedro de la Paz; modificaron INMOBILIARIA EL LLANO LIMITADA, RUT 76.078.289-0 inscrita en el Registro de Comercio de de Santa Juana año 2009, a fojas 6, número 5, en el siguiente sentido: Los actuales y únicos socios de INMOBILIARIA EL LLANO LIMITADA, acordaron reflejar el reajuste del capital social, quedando fijado en la suma de $1.280.790.568.-, íntegramente suscrito y pagado. Por razones reproducidas en escritura extractada, socios acordaron disminuir el capital social de $1.280.790.568.- a la suma de $280.790.578.- MODIFICACIÓN: Los socios acordaron modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales, la cual quedó redactada en el siguiente sentido: QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $280.790.578.- que se aportó y pagó por los socios, de acuerdo a la forma que a continuación se indica: Uno) JOSÉ LUIS SAENZ LEIVA aportó la suma de $140.395.294.-, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, íntegramente suscritos y pagados; Dos) INVERSIONES ALTAS CUMBRES SpA aportó la suma de $140.395.294.-, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, íntegramente suscritos y pagados. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, diciembre 18 de 2020.-