Instrumento
- Fecha
- 17 de diciembre de 2020
- Notario
- Humberto Enrique Mira Gamzuri
- Oficio
- Notaría 29 de Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La elaboración, preparación, manufactura, distribución, comercialización, compra, venta, de toda clase de productos alimenticios para el consumo humano, por cuenta propia o ajena, en especial y sin que signifique limitación, del rubro de la pescadería, licorería, verdulería, frutería y similares; b) invertir, adquirir, administrar y explotar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, en especial todo tipo de acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y comunidades y toda clase de títulos o valores mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; promocionar la creación y desarrollo de negocios, prestar toda clase de servicios, asesorías y asistencia técnica y profesional a todo tipo de personas o empresas en el ámbito financiero, económico, inmobiliario, legal y comercial; y en general ejecutar y celebrar todos los actos, negocios y contratos que los socios de común acuerdo determinen; y c) en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. 3) Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Enrique Mira Gamzuri, Notario Público Interino de la Notaría 29 de Santiago, Mac Iver 225, oficina 302, Santiago, certifica: Por escritura pública, de 17 de diciembre de 2020, ante mí, don Gonzalo Eugenio Zúñiga Díaz y don Francisco Javier Berrios Rodríguez, constituyeron una sociedad por acciones, con las siguientes estipulaciones: 1) Nombre: “Comercializadora Emporio SpA”, con nombre de fantasía “Emporio A Tu Puerta SpA”. 2) Objeto: a) La elaboración, preparación, manufactura, distribución, comercialización, compra, venta, de toda clase de productos alimenticios para el consumo humano, por cuenta propia o ajena, en especial y sin que signifique limitación, del rubro de la pescadería, licorería, verdulería, frutería y similares; b) invertir, adquirir, administrar y explotar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, en especial todo tipo de acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y comunidades y toda clase de títulos o valores mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; promocionar la creación y desarrollo de negocios, prestar toda clase de servicios, asesorías y asistencia técnica y profesional a todo tipo de personas o empresas en el ámbito financiero, económico, inmobiliario, legal y comercial; y en general ejecutar y celebrar todos los actos, negocios y contratos que los socios de común acuerdo determinen; y c) en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. 3) Administración y uso nombre: corresponderá a d a don GONZALO EUGENIO ZÚÑIGA DÍAZ Y a don FRANCSICO JAVIER BERRIOS RODRÍGUEZ, ya individualizados. 4) Domicilio: Ciudad de Santiago sin perjuicio de sucursales o agencias en el país o extranjero; 5) Capital: $500.000.- que don a don GONZALO EUGENIO ZÚÑIGA DÍAZ Y a don FRANCSICO JAVIER BERRIOS RODRÍGUEZ aportan en este acto, al contado.-. 6) Duración: será indefinida. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 21 de diciembre de 2020.