Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2020
- Notario
- ibutario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna de Rio Negro, Décima Región. III
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) la explotación de predios rústicos, sea directamente o a través de terceros, sean de propiedad de la Sociedad, que arriende, que reciba en comodato o a cualquier otro título; b) la explotación, transporte y comercialización de los productos que de dichos predios se deriven; c) la exportación de sus productos y la importación de insumos o materias primas para esos predios, la realización de todo negocio que se relacione directa o indirectamente con la actividad agrícola, forestal o ganadera; d) la comercialización de productos del agro en general, la tenencia, crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor de animales; e) la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y)o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; f) la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; g) en general cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y h) cualquier otra actividad que unánimemente decidan los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, Quinto Piso, certifico: Por escritura pública de fecha 18/12/2020, Repertorio número 186.418 - 2020, ante mí, compareció don ALFREDO RICARDO MEYER NUSSER, cédula de identidad número 6.299.234-4, domiciliado para efectos de escritura extractada, en calle Andres Bello número setecientos treinta y uno, Osorno, Décima Región, quien constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: I. Nombre. El nombre de la sociedad será “AGRÍCOLA KANATA SpA”, pudiendo usar también el nombre de fantasía “KANATA SpA”, para fines comerciales, financieros y de publicidad. II. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la comuna de Rio Negro, Décima Región. III. Objeto. El objeto de la Sociedad será: a) la explotación de predios rústicos, sea directamente o a través de terceros, sean de propiedad de la Sociedad, que arriende, que reciba en comodato o a cualquier otro título; b) la explotación, transporte y comercialización de los productos que de dichos predios se deriven; c) la exportación de sus productos y la importación de insumos o materias primas para esos predios, la realización de todo negocio que se relacione directa o indirectamente con la actividad agrícola, forestal o ganadera; d) la comercialización de productos del agro en general, la tenencia, crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor de animales; e) la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; f) la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; g) en general cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y h) cualquier otra actividad que unánimemente decidan los socios. IV. Duración. La duración de la sociedad será indefinida. V. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola y misma serie y sin valor nominal. El capital social se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 21 de diciembre de 2020.-