Instrumento
- Fecha
- 17 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 49214
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Domicilio
- ciudad y comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La prestación de servicios de asesoría jurídica, considerando todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; b) La prestación de servicios de asesoría, de todo tipo de acreencia, en cobranza prejudicial y judicial. En general, la sociedad podrá realizar cualquier actividad relacionada o no con las anteriores descritas. La sociedad para cumplir su fin social podrá formar sociedades, con personas naturales o jurídicas, comprar y vender toda clase de bienes muebles o inmuebles, hipotecar, avalar, prendar, a favor de la empresa;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público, titular de la 42ª Notaría de Santiago, con oficio calle Agustinas Nº1.070 piso 2, comuna de Santiago, CERTIFICO QUE: Por escritura de fecha 17-12-2020, repertorio N° 49.214, ante mí, don FRANCISCO JAVIER SEPÚLVEDA FIGUEROA, doña SUSAN ANDREA SEPÚLVEDA ESCALANTE, doña MARÍA LORETO SEPÚLVEDA BURGOS, MARÍA IGNACIA SEPÚLVEDA BURGOS y don FRANCISCO JAVIER SEPÚLVEDA BURGOS, constituyeron sociedad por acciones: Razón Social: “SERVICIOS GENERALES DE ASESORÍA JURÍDICA Y COBRANZA SEPÚLVEDA ABOGADOS SpA.”, pudiendo usar legal y válidamente el nombre de Fantasía “SEPÚLVEDA ABOGADOS SpA”, Domicilio: ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de las oficinas o sucursales que puedan establecerse en otras partes del país o el extranjero. Objeto: a) La prestación de servicios de asesoría jurídica, considerando todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; b) La prestación de servicios de asesoría, de todo tipo de acreencia, en cobranza prejudicial y judicial. En general, la sociedad podrá realizar cualquier actividad relacionada o no con las anteriores descritas. La sociedad para cumplir su fin social podrá formar sociedades, con personas naturales o jurídicas, comprar y vender toda clase de bienes muebles o inmuebles, hipotecar, avalar, prendar, a favor de la empresa; Capital: $3.000.000- tres millones de pesos, dividido en mil acciones nominitavas, sin valor nominal y de una misma y unica serie, suscrito y pagado ya ingresado en caja social, siguiente forma: a) don FRANCISCO JAVIER SEPÚLVEDA FIGUEROA, suscribe, entera y paga, la suma de $1.350.000.- un millón trescientos cincuenta mil pesos, equivalentes a 450 acciones, que representa un 45% ciento del total de las acciones; b) doña SUSAN ANDREA SEPÚLVEDA ESCALANTE, suscribe, entera y paga, la suma de $240.000.-doscientos cuarenta mil pesos, equivalentes a ochenta acciones que representa un 8% del total de las acciones; c) doña MARÍA LORETO SEPÚLVEDA BURGOS, suscribe, entera y paga, la suma de $360.000.- trescientos sesenta mil pesos, equivalentes a 120 acciones que representa un 12% del total de las acciones; d) doña MARIA IGNACIA SEPÚLVEDA BURGOS, suscribe, entera y paga, la suma de $360.000.- trescientos sesenta mil pesos, equivalentes a 120 acciones que representa un 12% del total de las acciones; e) don FRANCISCO JAVIER SEPÚLVEDA BURGOS, la suma de $330.000.- trescientos treinta mil pesos, equivalentes a 110 acciones, que representa un 11% del total de las acciones y; f) doña ANTONIA ADELA SEPÚLVEDA BURGOS, suscribe, entera y paga, la suma de $360.000.- trescientos sesenta mil pesos, equivalentes a 120 acciones, que representa un doce por ciento del total de las acciones. Duración: Indefinida; Administación: será ejercida por don FRANCISCO JAVIER SEPÚLVEDA FIGUEROA, amplias facultades. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 18 de diciembre de 2020.