INVERSIONES SANTA MÓNICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de noviembre de 2020
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- Cuadragésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $344.075.472 CLP
- Domicilio
- la ciudad de Santiago
Objeto social
La inversión, adquisición, enajenación, administración, arriendo y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, acciones, derechos sociales, establecimientos comerciales o industriales, marcas comerciales y otras universalidades jurídicas; obtener rentas o beneficios de inmuebles, inversiones o participaciones en otras sociedades, empresas, negocios o valores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, domicilio Teatinos Nº332, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 24 de noviembre de 2020, don JUAN CARLOS JARA INFANTE e INMOBILIARIA SANTA MÓNICA LIMITADA, ambos domiciliados para estos efectos en Condominio Los Algarrobos IV, casa B guion treinta y seis, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana; únicos socios de “INVERSIONES SANTA MÓNICA LIMITADA”, inscrita fojas 9.790 Nº6.657 Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2010, acordaron: dividirla en 2 sociedades, la primera de las cuales conserva razón social, RUT, y se regirá por actuales estatutos con modificación de su capital que disminuye de la cantidad de $344.081.711 a $6.239. Como consecuencia de ello, los socios de “INVERSIONES SANTA MÓNICA LIMITADA” acuerdan modificar y reformar el Artículo Quinto de sus estatutos, relativo al capital social, reemplazándolo por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO. CAPITAL SOCIAL y RESPONSABILIDAD. El capital social es la suma única y total de seis mil doscientos treinta y nueve pesos, íntegramente pagado y enterado, que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) don JUAN CARLOS JARA INFANTE, con el cero coma cero cero cero cero cero siete seis por ciento de los derechos sociales; y b) INMOBILIARIA SANTA MÓNICA LIMITADA con el noventa y nueve coma nueve nueve nueve nueve nueve dos cuatro por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.”. A la segunda, que se crea por efecto de división, aportan como capital el monto en que se ha disminuido el capital de “INVERSIONES SANTA MÓNICA LIMITADA” como consecuencia de su división, monto que asciende a $344.075.472, y se regirá por los estatutos que a continuación se extractan: ACCIONISTAS: JUAN CARLOS JARA INFANTE e INMOBILIARIA SANTA MÓNICA LIMITADA. NOMBRE: “INVERSIONES SANTA MÓNICA DOS SpA”. OBJETO: La inversión, adquisición, enajenación, administración, arriendo y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, acciones, derechos sociales, establecimientos comerciales o industriales, marcas comerciales y otras universalidades jurídicas; obtener rentas o beneficios de inmuebles, inversiones o participaciones en otras sociedades, empresas, negocios o valores. DOMICILIO: la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que podrá abrir en cualquier otro lugar tanto del país como del extranjero. CAPITAL: $344.075.472, dividido y representado por 344.075.472 acciones, nominativas, todas de una misma y única serie, de igual valor, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de noviembre de 2020.-