MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES NEP SpA

RUT 76231648-K CVE 1869104
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2020
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

2. Cambio de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular, 34° Notaria Santiago, calle Luis Thayer Ojeda número 359, comuna de Providencia, certifico que ante mí: Con fecha 15/12/2020, se redujo a escritura pública la Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas de “INVERSIONES NEP SpA”, celebrada el 11/11/2020, donde los accionistas de la sociedad acordaron: 1. La modificación del Objeto Social. 2. Cambio de razón social. 3. Modificación de Estatutos: “Artículo Primero: El nombre de la sociedad será “ASESORÍAS E INVERSIONES NEP SpA”, cuyo uso obligará a la sociedad ante bancos, instituciones públicas y privadas, personas naturales o jurídicas, y en general ante cualquier entidad que contrate con ella, incluso el Fisco de Chile.”; y “Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será: i) La realización de todo tipo de asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico en todo tipo de especialidad, incluyendo estudios, proyectos, planos, para la inversión de dineros o valores o inmuebles a toda clase de personas (agregar dentro de este objeto las asesorías agrícolas porque los dos Eduardos son agrónomos); ii) Inversión de capitales, utilizando recursos propios o de terceros, en toda clases de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y iii) Finalmente la Sociedad podrá realizar toda otra actividad u objeto que los accionistas acuerden al respecto y que no sea contraria a derecho. Para estos efectos, podrá: /a/ Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b/ Invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; c) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; /e/ Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f/ Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g/ Administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h/ Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; y /j/ En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna.”Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 17 de diciembre del 2020.