CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES MARIHUEÑU LIMITADA

CVE 1869453
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
14 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de diciembre de 2020
Notario
MARIA PILAR GUTIERREZ RIVERA
Oficio
18ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años renovables según escritura extractada

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La adquisición exclusivamente para fines rentísticos, por medio de la mantención, venta y)o arrendamiento de toda clase de bienes muebles, derechos, acciones, efectos de comercio y valores mobiliarios, realizar cualquiera operación relacionada con este objeto; b) Compra y venta o adquisición o enajenación a cualquier título de toda clase de bienes raíces o derechos constituidos sobre ellos, como asimismo su explotación en arrendamiento, con o sin instalaciones, concesiones o bajo cualquier otra forma, pudiendo operar sobre bienes propios o ajenos, lotearlos o subdividirlos; c) Celebrar todo de actos comerciales y contratos sobre marcas, royalties, modelos de fabricación, fórmulas de producción y cualquier otro tipo de derechos relacionados con la producción de bienes y servicios; d) Organizar, promover, constituir y tomar parte de todo tipo de negocios, sociedades, sean de personas o de capitales, pudiendo para tales efectos adquirir participaciones, acciones, derechos sociales y enajenar a cualquier título tales inversiones, sin limitación; e) En general, realizar toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores que los socios acuerden

Administración

corresponde al socio doña Gloria Alejandra Flores Durán, en los términos establecidos escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PILAR GUTIERREZ RIVERA, Notario Público, Titular de la 18ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 669, piso 8, de esta ciudad, certifico que por escritura pública de fecha 14 de Diciembre de 2020, Rep.23.065/2020, ante mi, doña Gloria Alejandra Flores Durán y don Pablo Gabriel Álvarez Osores, ambos domiciliados en Avenida Quilín once mil cien, casa cincuenta y tres, comuna Peñalolén, de esta ciudad, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “INVERSIONES MARIHUEÑU LIMITADA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La adquisición exclusivamente para fines rentísticos, por medio de la mantención, venta y/o arrendamiento de toda clase de bienes muebles, derechos, acciones, efectos de comercio y valores mobiliarios, realizar cualquiera operación relacionada con este objeto; b) Compra y venta o adquisición o enajenación a cualquier título de toda clase de bienes raíces o derechos constituidos sobre ellos, como asimismo su explotación en arrendamiento, con o sin instalaciones, concesiones o bajo cualquier otra forma, pudiendo operar sobre bienes propios o ajenos, lotearlos o subdividirlos; c) Celebrar todo de actos comerciales y contratos sobre marcas, royalties, modelos de fabricación, fórmulas de producción y cualquier otro tipo de derechos relacionados con la producción de bienes y servicios; d) Organizar, promover, constituir y tomar parte de todo tipo de negocios, sociedades, sean de personas o de capitales, pudiendo para tales efectos adquirir participaciones, acciones, derechos sociales y enajenar a cualquier título tales inversiones, sin limitación; e) En general, realizar toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores que los socios acuerden. Administración y uso de la razón social: corresponde al socio doña Gloria Alejandra Flores Durán, en los términos establecidos escritura extractada. Capital: $500.000.- en la siguiente proporción: a) doña Gloria Alejandra Flores Durán, aporta $250.000 equivalentes al 50% de los derechos sociales, pagados en este acto al contado y en dinero efectivo; y b) don Pablo Gabriel Álvarez Osores aporta $250.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, pagados en este acto al contado y en dinero efectivo. Duración: 5 años renovables según escritura extractada. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias u oficinas que pueda establecer en otros lugares del país y/o del extranjero. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de Diciembre de 2020.