EMPRESA CONSTRUCTORA LATORRE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de diciembre de 2020
- Notario
- MARIA IGNACIA VASQUEZ ARANGO
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 19.499
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| EMPRESA CONSTRUCTORA LATORRE LIMITADA | socio | 77148436-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA IGNACIA VASQUEZ ARANGO, Notario Público de Temuco, Suplente de la Titular Esmirna Vidal Moraga, con oficio en Antonio Varas 979 de Temuco, Certifico: Que por escritura pública de 04.12.2020, ante la Titular, bajo el Rep. Nº10.323-20, don JOSE LUIS NEIRA VEJAR, Chileno, abogado, casado, domiciliado en A. Varas 979 oficina 407 de Temuco, cedula nacional de identidad 12.928.694-6, en representación de SOCIEDAD CONSTRUCTORA SUR SPA, sociedad del giro de su denominación, RUT 77.001.019-5, representada por CESAR EMILIO JARA ZAPATA, Chileno, casado y separado totalmente de bienes, Ingeniero Constructor, cedula nacional de identidad 12.421.399-1, ambos con domicilio en calle Federico Errázuriz 359 de Loncoche, y de paso en esta; de doña SANDRA ELIZABETH KACKSCHIES SALDIAS, Chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cedula de identidad 14.035.722-7, Errazuriz 359 de Loncoche, y de paso en esta, y de don VICTOR MANUEL JARA ZAPATA, Chileno, casado, constructor civil, domiciliado en Manuel Bulnes numero cero setecientos treinta y nueve de Loncoche, y de paso en esta, cedula nacional de identidad 20.302.933-0, señalando que sus representados con fecha 7 de septiembre de 2020 ante la notario doña MARIA IGNACIA VASQUEZ ARANGO, suplente de la titular doña ESMIRNA VIDAL MORAGA, suscribieron escritura de modificación de la EMPRESA CONSTRUCTORA LATORRE LIMITADA, RUT 77.148.436-0, anotada con el numero de repertorio de instrumentos públicos 7.527-20. Dicha escritura fue rectificada por escritura pública suscrita ante la notario Esmirna Vidal Moraga, de fecha veinte de octubre de dos mil veinte, anotada en el repertorio de instrumentos públicos con el número 8.776-20,y estando facultado en virtud de la escritura señalada, viene en rectificar el epígrafe de la primera escritura señalada en el sentido de que donde dice modificación de SOCIEDAD CONSTRUCTORA SUR SPA, debe decir: Modificación de EMPRESA CONSTRUCTORA LATORRE LIMITADA. Asimismo declara que la inscripción en el respectivo conservador de bienes raíces de la modificación de la sociedad señalada y su rectificación y complementación, no se practicó dentro del plazo legal de 60 días, por lo que en virtud de lo dispuesto en la ley 19.499 de fecha 11 de abril de 1997, corrige y sanea dicho vicio, procediéndose a la inscripción de la respectiva en el registro pertinente. Demás antecedentes escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 18 de Diciembre de 2020.