MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ARABIGA, HOTELES, RESTAURANTES Y SIMILARES LIMITADA

RUT 76092753-8 CVE 1869983
Fecha instrumento
7 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de diciembre de 2020
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIPE EDUARDO LEIVA ILABACA, Abogado, Notario Suplente de Titular FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, de la 2ª Notaría de Santiago, Amunategui N° 73, certifica: Por escritura pública d e 07 Diciembre 2020 ante el Suplente ROBERTO PUGA PINO: don JULIO ANDRES SALAS GUTIERREZ, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 8.536.442-1; doña YASNA IVONNE LEWIN RUIZ, chilena, casada, Periodista, cédula nacional de identidad N° 9.979.472-0, ambos comparecientes domic iliados en calle Benvenuto Cellini N° 2.100, Providencia, Región Metropolitana; don RAUL MARCOS ALVAREZ MUTIS, chileno, soltero, Administrador Publico, cédula nacional de identidad N° 9.550.132-K; y doña CLAUDIA ALEJANDRA CEBALLOS ORTÍZ, chilena, soltera, Psicóloga, cédula nacional de identidad N° 14.278.436-K, ambos comparecientes domiciliados en Eduardo Alert N° 6.41 4, La Reina, Región Metropolitana, modificaron SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “ARABIGA, HOTELES, RESTAURANTES Y SIMILARES LIMITADA” o “ARABIGA LTDA”, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 14.211, N° 9.553, del año 2010, publicada en el Dia rio Oficial con fecha 29 de marzo de 2010, con modificaciones inscritas en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 54.127, N° 29.277, del año 2017, pu blicada en el Diario Oficial con fecha 29 de julio del año 2017, dos mil diecisiete, y a fojas N° 59.326, N° 28.227, del año 2020, publicadacada en el acto e instrumento, se retira de la Compañía doña YASNA IVONNE LEWIN RUIZ, quien vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 35% de los mismos, a don RAUL MARCOS ALVAREZ MUTIS, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $1.500.000 pesos, que el cesionario paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, que la cedente declara recibirlos a su entera satisfacción. Asimismo, por el presente acto e instrumento, se retira de la Compañía don JULIO ANDRÉS SALAS GUTIERREZ, quien vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 40% de los mismos, de la siguiente manera y proporción: a) un porcentaje equivalente al 30% de los derechos sociales a don RAUL MARCOS ALVAREZ MUTIS, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de un $1.000.000 de pesos, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, que el cedente declara recibirlos a su entera satisfacción, y b) un porcentaje equivalente al 10% de los derechos sociales a doña CLAUDIA ALEJANDRA CEBALLOS ORTÍZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $500.000 pesos, que la cesionaria paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, que el cedente declara recibirlos a su entera satisfacción. Las partes se otorgan a este respecto, el más total, completo y recíproco finiquito. Con motivo de las cesiones y transferencias señaladas en las cláusulas 6ª y 7ª, quedan como únicos socios, con las participaciones de capital que asimismo se señalan, los siguientes integrantes: don RAUL MARCOS ALVAREZ MUTIS, con el 90% de los derechos sociales, y doña CLAUDIA ALEJANDRA CEBALLOS ORTÍZ, con el 10% por ciento de los derechos sociales. - Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 18 de diciembre de 2020.