Aislantes y Premoldeados S.A.
Instrumento
- Fecha
- 23 de noviembre de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $180.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Tomás Boetsch Domínguez, don Alejandro Boetsch Domínguez y don Miguel Boetsch Domínguez, quienes con las más amplias facultades de administración y disposición, podrán actuar conjuntamente 2 cualquiera de ellos en operaciones de hasta 3.000 Unidades de Fomento. En el caso que la operación exceda de dicho monto, deberán actuar en forma conjunta los 3. Los administradores, en cada caso, actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad.- Asimismo, el o los administradores, actuando de la forma indicada, contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, Certifico: Por escritura pública de fecha 23 de noviembre de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad “Aislantes y Premoldeados S.A.”, inscrita a fojas 32.715 número 16.628 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1991, celebrada el 16 de noviembre del año 2020, ante mí, y con la totalidad de los accionistas presentes, según Registro de Accionistas que he tenido a la vista, a saber: La sociedad Inversiones Calera de Tango S.A. y don Alejandro José Boetsch Fernández; quienes acordaron modificar la sociedad en los siguientes términos: I. Transformación a Sociedad por Acciones: Los actuales y únicos accionistas de la Sociedad vienen en transformar el tipo social, en una sociedad por acciones que se denominara Sambler SpA.- II. Estatutos Sociales de la sociedad Sambler SpA: a.- Razón Social: “Sambler SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquiera otros organismos públicos o privados, la sigla comercial o nombre de fantasía de “Sambler”.- b.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: La fabricación, distribución, importación, exportación, Instalación y Comercialización de toda clase de materiales para la construcción de muebles e inmuebles y obras civiles, elementos pretensados, asesorías, sistemas industrializados, y en general toda actividad relacionada con el giro de construcción.- c.- Capital: El capital social es la suma única y total de $180.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas de la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales.- d.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero.- e.- Duración: Indefinida. f.- Administración: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Tomás Boetsch Domínguez, don Alejandro Boetsch Domínguez y don Miguel Boetsch Domínguez, quienes con las más amplias facultades de administración y disposición, podrán actuar conjuntamente 2 cualquiera de ellos en operaciones de hasta 3.000 Unidades de Fomento. En el caso que la operación exceda de dicho monto, deberán actuar en forma conjunta los 3. Los administradores, en cada caso, actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad.- Asimismo, el o los administradores, actuando de la forma indicada, contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 16 de diciembre de 2020.-