Agronet SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de diciembre de 2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $40.840.600 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 941, Local 302, Santiago, certifica: Que con fecha 16 de diciembre de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada el 14 de diciembre de 2020, de la sociedad AGRONET SpA, inscrita a fs. 93323, N° 56.969 del Registro de Comercio de Santiago del año 2014; en la cual se modificaron los estatutos sociales, acordándose entre otras materias los siguientes acuerdos: 1) Aumentar el capital desde la suma de $40.840.600, dividido en 1.099.000 acciones ordinarias, a la suma de $40.962.711, dividido en 1.221.111 acciones ordinarias, mediante la emisión de 122.111 acciones las cuales deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 10 años contados desde la fecha de la junta, a un precio mínimo de $1 por acción; 2) Modificación de los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: ARTÍCULO QUINTO: El capital social asciende a la suma de $40.962.711.- dividido en 1.221.111 acciones nominativas, de la misma serie, todas de igual valor, y sin valor nominal, el que se encuentra suscrito y pagado en la forma, plazos y condiciones descritos en el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos”; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social asciende a la suma de $40.962.711 dividido en 1.221.111 acciones nominativas, de la misma serie, todas de igual valor, y sin valor nominal, se encuentra suscrito y pagado de la siguiente forma: (a) Con la suma de $40.840.600.-, dividida en 1.099.000 acciones suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; (b) Con la suma de $122.111.-, dividida en 122.111 acciones destinadas a la implementación de un plan de compensación para trabajadores y asesores, las que deberán ser suscritas y pagadas en un plazo máximo de diez años contados desde el 14 de diciembre de 2020”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Hay certificado notarial. Santiago, 18 de diciembre de 2020.