CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ADMINISTRADORA Y ASESORIAS ANDRIGES LIMITADA

CVE 1869589
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
2 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago doña Valeria Ronchera Flores
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
2 de diciembre de 2020
Repertorio
7414-2020
Notario
GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
Oficio
Titular de la 10° Notaría Santiago doña Valeria Ronchera Flores
Comuna
Santiago doña Valeria Ronchera Flores

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
5 años a contar fecha escritura, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses al final del período respectivo

Objeto social

a) La administración de bodegas, almacenes, galpones, condominios industriales o de bodegas, centros de distribución y)o despacho de todo tipo de mercaderías, archivos y documentos; y, en general, la administración de cualquier tipo de inmuebles; b) La prestación de servicios de logística, bodegaje, almacenamiento, custodia, distribución, despacho, administración, y manejo de toda clase de mercaderías, archivos y documentos; c) La prestación de asesorías, consultorías, servicios y asistencia técnica o profesional en materias inmobiliarias, administrativas, de gestión, contables, comerciales, financieras, tecnológicas, marketing, de inversiones, estudios de mercados, o de cualquier otra clase, ya sea por intermedio de sus socios o contratando al efecto otros profesionales o personas; d) La asesoría en el análisis y evaluación de proyectos de inversión; e) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos o de inversión, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; f) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; y g) En general, las demás actividades, negocios, actos o contratos, permitidos por la legislación chilena, sean o no complementarios con los anteriormente indicados, que los socios pudieran acordar en el futuro

Administración

La administración y representación de la Sociedad, y uso de la razón social, corresponderá: A) A Pedro Andrighetti Cifuentes y a Carlos Andrighetti Cifuentes, quienes actuando indistinta y separadamente uno cualquiera de ellos, en nombre y representación de la Sociedad, podrán celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, sean éstos de administración o disposición de bienes, con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada, y B) A Ignacio José Andrighetti Arraztoa y a Benjamín Andrés Andrighetti Arraztoa, quienes actuando indistinta y separadamente uno cualquiera de ellos tendrán las facultades señaladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público suplente de la Titular de la 10° Notaría Santiago doña Valeria Ronchera Flores, con oficio en calle Agustinas 1235, Local 2, Piso 1 y 2, Santiago, certifico: Por escritura pública fecha 2 de diciembre de 2020, Repertorio N°7.414-2020, otorgada ante mí, Inversiones ADLM Limitada; Inversiones A y H Limitada; Catalina Aurora Andrighetti Ferrada; Sofía Paz Andrighetti Ferrada; Valentina Luz Andrighetti Ferrada; Pedro Francisco Andrighetti Ferrada; Carmen María Ferrada Moreira; Patricia Andrea Andrighetti Arraztoa; Ignacio José Andrighetti Arraztoa; Benjamín Andrés Andrighetti Arraztoa; Juan Carlos Andrighetti Arraztoa; María Trinidad Andrighetti Arraztoa; Florencia María Andrighetti Arraztoa; Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes; y Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso, todos domiciliados en Camino El Alba N° 9500, Torre B, oficina 418, Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: "ADMINISTRADORA Y ASESORIAS ANDRIGES LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos legales, bancarios, publicitarios, ante el fisco y, en general, en cualquier gestión ante terceros, la abreviación, denominación o nombre de fantasía "ANDRIGES LTDA.". Objeto: a) La administración de bodegas, almacenes, galpones, condominios industriales o de bodegas, centros de distribución y/o despacho de todo tipo de mercaderías, archivos y documentos; y, en general, la administración de cualquier tipo de inmuebles; b) La prestación de servicios de logística, bodegaje, almacenamiento, custodia, distribución, despacho, administración, y manejo de toda clase de mercaderías, archivos y documentos; c) La prestación de asesorías, consultorías, servicios y asistencia técnica o profesional en materias inmobiliarias, administrativas, de gestión, contables, comerciales, financieras, tecnológicas, marketing, de inversiones, estudios de mercados, o de cualquier otra clase, ya sea por intermedio de sus socios o contratando al efecto otros profesionales o personas; d) La asesoría en el análisis y evaluación de proyectos de inversión; e) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos o de inversión, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; f) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; y g) En general, las demás actividades, negocios, actos o contratos, permitidos por la legislación chilena, sean o no complementarios con los anteriormente indicados, que los socios pudieran acordar en el futuro. Capital: $1.000.000 que socios aportan siguiente forma y proporción: i) Inversiones ADLM Limitada aporta la suma de $200.000, equivalentes a un 20% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; ii) Inversiones A y H Limitada aporta la suma de $200.000, equivalentes a un 20% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; iii) Catalina Aurora Andrighetti Ferrada aporta la suma de $60.000, equivalentes a un 6% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo, iv) Sofía Paz Andrighetti Ferrada aporta la suma de $60.000, equivalentes a un 6% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo, v) Valentina Luz Andrighetti Ferrada aporta la suma de $60.000, equivalentes a un 6% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; vi) Pedro Francisco Andrighetti Ferrada aporta la suma de $60.000, equivalentes a un 6% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; vii) Carmen María Ferrada Moreira aporta la suma de $60.000, equivalentes a un 6% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo, viii) Patricia Andrea Andrighetti Arraztoa aporta la suma de $37.500, equivalentes a un 3,75% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; ix) Ignacio José Andrighetti Arraztoa aporta la suma de $37.500, equivalentes a un 3,75% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; x) Benjamín Andrés Andrighetti Arraztoa aporta la suma de $37.500, equivalentes a un 3,75% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo, xi) Juan Carlos Andrighetti Arraztoa aporta la suma de $37.500, equivalentes a un 3,75% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; xii) María Trinidad Andrighetti Arraztoa aporta la suma de $37.500, equivalentes a un 3,75% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; xiii) Florencia María Andrighetti Arraztoa aporta la suma de $37.500, equivalentes a un 3,75% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; xiv) Carlos Alfredo Andrighetti Cifuentes aporta la suma de $37.500, equivalentes a un 3,75% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; y xv) Patricia Eugenia Arraztoa Valdivielso aporta la suma de $37.500, equivalentes a un 3,75% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo. Socios limitan responsabilidad al monto de sus aportes. Administración: La administración y representación de la Sociedad, y uso de la razón social, corresponderá: A) A Pedro Andrighetti Cifuentes y a Carlos Andrighetti Cifuentes, quienes actuando indistinta y separadamente uno cualquiera de ellos, en nombre y representación de la Sociedad, podrán celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, sean éstos de administración o disposición de bienes, con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada, y B) A Ignacio José Andrighetti Arraztoa y a Benjamín Andrés Andrighetti Arraztoa, quienes actuando indistinta y separadamente uno cualquiera de ellos tendrán las facultades señaladas en escritura extractada. Duración: 5 años a contar fecha escritura, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses al final del período respectivo. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de Diciembre de 2020.