MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

CONVA S.A.

RUT 76520032-6 CVE 1868592
Fecha instrumento
26 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de noviembre de 2020
Repertorio
19180/2020
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliada en calle Huérfanos número 941 Local 302, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 26 de noviembre de 2020, Repertorio N°19.180 / 2020 otorgada ante mí, comparecen a la modificación de “CONVA S.A.” (la “Sociedad”) rol único tributario Nº 76.520.032-6 Sociedad inscrita a fojas 52.040, N° 30.295, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015: don Juan Aurelio Concha Carrasco, domiciliado para estos efectos pasaje Riñihue N° 2957, Talagante; Manuel Alejandro Varela Bustos, domiciliado para estos efectos, Granada N° 334, Quilicura, Santiago; don Pablo Andrés Mora Moreno, domiciliado para estos efectos pasaje Fresia Block 1095 dpto. 209, Talagante; Ricardo Nicolás Núñez Beltrán, domiciliado para estos efectos, en Víctor Manuel N° 1442, dpto. 526 comuna y ciudad de Santiago . Acordaron lo siguiente: /a/ don Juan Aurelio Concha Carrasco vende, cede y transfiere el dominio de 10.000 acciones, equivalentes al 50%, del total de las acciones de la sociedad, a don Pablo Andrés Mora Moreno quien las compra, acepta y adquiere para sí; y don Manuel Alejandro Varela Bustos vende, cede y transfiere el dominio de 10.000 acciones, equivalentes al 50% del total de las acciones de la sociedad, a don Ricardo Nicolás Núñez Beltrán quien las compra, acepta y adquiere para sí. Precio: $10.0000, cada compraventa pagadas en la forma que se señala;/b/ viene en modificar el pacto social constitutivo en lo relativo a la administración, representación legal y uso de la razón social, la cual corresponderá a don Pablo Andrés Mora Moreno, quien bajo su rúbrica o través de su mandatario o representante legal, contará con las más amplias facultades de administración y representación judicial y extrajudicial, todas ellas señaladas en el pacto social constitutivo, todas las cuales se dan por expresamente reproducidas una a una en este instrumento; En todo lo no modificado por el presente instrumento continúan plenamente vigente cláusulas del pacto social constitutivo. Demás declaraciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de diciembre de 2020.