ELECTRO NORTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2020
- Notario
- GUILLERMO ENRIQUE JIMÉNEZ GUTIÉRREZ
- Oficio
- Quinta Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $35.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO ENRIQUE JIMÉNEZ GUTIÉRREZ, Notario Público Suplente de la Quinta Notaría de Antofagasta, con oficio en Calle Almirante Juan José Latorre 2417, CERTIFICA: que por escritura hoy, ante mí, WALTER ARTURO RODRÍGUEZ BARAHONA, médico cirujano, Travesía del Mar 03608, casa 1, esta ciudad; y JOSÉ ARÍSTIDES FERRADA TIMMERMAN, ingeniero civil industrial, domiciliado en Alcalde Germán Miric Nº 216, edificio Bartolomé, departamento 1803, Antofagasta, modificaron sociedad ELECTRO NORTE LIMITADA, Rut Nº 77.113.145-K, Capital Social Actual: $35.000.000; constituida por escritura pública 6 enero 2020 mismo oficio notarial, que en extracto se inscribió a 35 vuelta, Nº 26, en el Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Antofagasta y se publicó RODRÍGUEZ BARAHONA, vendió, cedió y transfirió a JOSÉ ARÍSTIDES FERRADA TIMMERMAN, el 35,7% de todos los derechos y acciones que le corresponden en la compañía y su parte correspondiente de interés en ella. Valor $12.500.000 que el cesionario se obligó a pagar en el plazo de 12 meses contados desde suscripción escritura extractada; 2) sustituyeron cláusulas sexta y octava por las siguientes: “SEXTO: El capital social es la suma de treinta y cinco millones de pesos que los socios aportan, enteran y pagan del modo siguiente: a) WALTER ARTURO RODRÍGUEZ BARAHONA la cantidad de doce millones quinientos mil pesos; y b) JOSÉ ARÍSTIDES FERRADA TIMMERMAN la suma veintidós millones quinientos mil pesos. Cada socio antes mencionado ingresa su respectivo aporte a la caja social en este acto al contado y en dinero efectivo.”; y “OCTAVO: Las ganancias o pérdidas de la sociedad se distribuirán o soportarán entre los socios en la siguiente proporción: a) WALTER ARTURO RODRÍGUEZ BARAHONA, en un veinticinco por ciento; y b) JOSÉ ARÍSTIDES FERRADA TIMMERMAN, en un setenta y cinco por ciento”. En lo no modificado rigen íntegramente demás estipulaciones contrato sociedad y su rectificación. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Antofagasta, 16 de diciembre 2020.