Inversiones Beranda SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de noviembre de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
”; y, “ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: El o los administradores de la sociedad, podrán designar también uno o más gerentes o subgerentes, conferir mandatos y delegar todo o parte de sus facultades en ellos, en abogados de la sociedad y, para objetos especialmente determinados, o en otras personas, permaneciendo -en todo caso- como responsable de la administración de la sociedad, ante ella y sus
Administración
La actual y única accionista, viene en modificar la administración de la Sociedad, modificando para estos efectos el Artículo Noveno, y el Artículo Décimo Primero de los Estatutos Sociales, relativo a la Delegación, por los siguientes: “ARTÍCULO NOVENO: Administración, Representación y Forma de Actuación: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá: i) a don Joaquín Luis García Tagle, cédula nacional de identidad número 4.034.711-9, quien podrá actuar individualmente y sin limitación alguna; ii) a doña María Carolina García de Solminihac, cédula nacional de identidad número 10.194.020-9, y a don Joaquín Andrés García de Solminihac, cédula nacional de identidad número 10.194.024-1, quienes podrán actuar individualmente, separada e indistintamente, cualquiera de ellos, por operaciones de hasta cien millones de pesos chilenos en su equivalente en dólares de los Estados Unidos de Norte América a la fecha del acto, contrato u operación que se esté realizando; y, iii) a don Rodrigo del Sagrado Corazón García Tagle, cédula nacional de identidad número 5.894.525-0, quien actuando en forma conjunta con uno cualquiera de los señores María Carolina García de Solminihac o Joaquín Andrés García de Solminihac, podrán actuar en operaciones de hasta 300.000.000 chilenos en su equivalente en dólares de los Estados Unidos de Norte América a la fecha del respectivo acto, contrato u operación que se esté realizando. Los administradores antes mencionados, actuando de la forma y con las limitaciones antes expuestas, y anteponiendo la razón social a su firma, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de noviembre del año 2020, ante mí: La sociedad Joaquín García Tagle y Compañía; en su calidad de actual y única accionista según Registro de Accionistas que se ha tenido a la vista, acordó modificación de la sociedad Inversiones Beranda SpA, inscrita fojas 38.756, número18.517, del Registro de Comercio del conservador de Bienes Raices de Santiago, correspondiente al año 2020, en el siguiente sentido: I. Modificación de la Administración: La actual y única accionista, viene en modificar la administración de la Sociedad, modificando para estos efectos el Artículo Noveno, y el Artículo Décimo Primero de los Estatutos Sociales, relativo a la Delegación, por los siguientes: “ARTÍCULO NOVENO: Administración, Representación y Forma de Actuación: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá: i) a don Joaquín Luis García Tagle, cédula nacional de identidad número 4.034.711-9, quien podrá actuar individualmente y sin limitación alguna; ii) a doña María Carolina García de Solminihac, cédula nacional de identidad número 10.194.020-9, y a don Joaquín Andrés García de Solminihac, cédula nacional de identidad número 10.194.024-1, quienes podrán actuar individualmente, separada e indistintamente, cualquiera de ellos, por operaciones de hasta cien millones de pesos chilenos en su equivalente en dólares de los Estados Unidos de Norte América a la fecha del acto, contrato u operación que se esté realizando; y, iii) a don Rodrigo del Sagrado Corazón García Tagle, cédula nacional de identidad número 5.894.525-0, quien actuando en forma conjunta con uno cualquiera de los señores María Carolina García de Solminihac o Joaquín Andrés García de Solminihac, podrán actuar en operaciones de hasta 300.000.000 chilenos en su equivalente en dólares de los Estados Unidos de Norte América a la fecha del respectivo acto, contrato u operación que se esté realizando. Los administradores antes mencionados, actuando de la forma y con las limitaciones antes expuestas, y anteponiendo la razón social a su firma, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.”; y, “ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: El o los administradores de la sociedad, podrán designar también uno o más gerentes o subgerentes, conferir mandatos y delegar todo o parte de sus facultades en ellos, en abogados de la sociedad y, para objetos especialmente determinados, o en otras personas, permaneciendo -en todo caso- como responsable de la administración de la sociedad, ante ella y sus accionistas.”. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes las demás disposiciones de los Estatutos Sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago 09 de diciembre del año 2020.-