CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DA TRENTO GASTRONOMIA LIMITADA

RUT 16099571-8 CVE 1867372
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de diciembre de 2020
Repertorio
4331-2020
Notario
LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
Oficio
20 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
será la ciudad de Santiago
Duración
La sociedad comenzará a regir desde esta fecha y tendrá una duración de 5 años, duración que se entenderá prorrogada automática, tácita y sucesivamente por períodos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de seis meses a la fecha de vencimiento de la sociedad o del plazo que se renueve

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, Notario Público Titular 20 Notaría Santiago, Avda. Apoquindo 4990, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública hoy, ante mí, Bajo Repertorio N°4331-2020, Doña MARIA EUGENIA LOPEZ JARA, chilena, soltera, publicista, cédula de identidad número 16.099.571-8, domiciliada en calle Martín Alonso Pinzón número cuatro mil ochocientos cuarenta y cinco, departamento mil cuatrocientos dos, Comuna de Las Condes; doña CATALINA FRANCISCA TRONCOSO GALLEGOS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, arquitecta, cédula de identidad número 15.936.016-4, domiciliado en calle Martín Alonso Pinzón número cuatro mil ochocientos cuarenta y cinco, departamento mil cuatrocientos dos, Comuna de Las Condes; y don ALONSO JAVIER LOPEZ JARA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil, cédula de identidad número 15.642.156-1, domiciliado en calle Martín Alonso Pinzón número cuatro mil ochocientos cuarenta y cinco, departamento mil cuatrocientos dos, Comuna de Las Condes, constituyeron sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: La razón social será DA TRENTO GASTRONOMIA LIMITADA, sin perjuicio de poder operar sin limitación alguna, incluso para fines bancarios y financieros, con el nombre de fantasía DA TRENTO LTDA.- Objeto de la Sociedad será: a) Ventas al por menor de alimentos de comercios especializados; b) Ventas al por menor de productos de panaderia y pastelería; c) la elaboración y comercialización de productos de panadería y pasteleria; d) la elaboración de comidas y platos preparados; e) el suministro de comida por encargo; f) el servicio de banqueteria; y cualquiera otra actividad o negocios relacionada con el giro, que acuerden los socios. Domicilio: será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezca en otros lugares del país o en el extranjero.- Capital social El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) doña María Eugenia López Jara, la suma de $4.000.000, equivalentes al 40% del capital social, enterados en este acto, en efectivo, que se ingresa en la caja social; b) doña Catalina Francisca Troncoso Gallegos, la suma de $4.000.000, equivalentes al 40% del capital social, enterados en este acto, en efectivo, que se ingresa en la caja social y c) don Alonso Javier López Jara, la suma de $2.000.000, equivalentes al 20% del capital social, enterados en este acto, en efectivo, que se ingresa en la caja social. Administración, representación y uso razón social: El uso de la razón social, la administración y la representación de la sociedad corresponderá exclusivamente a CATALINA FRANCISCA TRONCOSO GALLEGOS, quien anteponiendo la razón social a sus firma, la representará con las más amplias facultades, sin limitación de ninguna especie. Duración: La sociedad comenzará a regir desde esta fecha y tendrá una duración de 5 años, duración que se entenderá prorrogada automática, tácita y sucesivamente por períodos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de seis meses a la fecha de vencimiento de la sociedad o del plazo que se renueve. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 01 de diciembre de 2020.