IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA CHILEBEL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 2856
- Notario
- PATRICIO ANTONIO MORALES GOMEZ
- Domicilio
- y Conservador de Minas SUPLENTE del Titular GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO ANTONIO MORALES GOMEZ, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas SUPLENTE del Titular GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, oficio Talcahuano, avenida Jorge Alessandri 3177, Local G-103, Boulevard Mall Plaza Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 27 de Noviembre de 2020, Repertorio 2856, ante mí, MAURO ESTEBAN RODRIGUEZ ALVAREZ, abogado, domiciliado en Concepción, Calle Cochrane 635, Torre A, oficina 406; rectifica la escritura de saneamiento de conformidad a la Ley 19.499, de la sociedad cuya razón social es “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA CHILEBEL LIMITADA”, Rut: 76.520.220-5, otorgada por escritura pública de fecha 14 de octubre del año 2020, ante el notario de Concepción, don CARLOS MIRANDA JIMENEZ.- El extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha 5 de noviembre de 2020.- El capital de la sociedad es de $10.000.000.- En la cláusula cuarta, de la escritura de saneamiento señalada precedentemente, los comparecientes confirieron mandato a don Mauro Esteban Rodríguez Álvarez, quien queda expresamente facultado para que “representándolos, suscriba en cualquier tiempo las escrituras de aclaración, complementación rectificación, adición, modificación, saneamiento y enmienda, que permitan la legalización del presente instrumento e inscripción de la sociedad en el respectivo Registro de Comercio y de inscripción de los aportes en los Registros competentes en su caso. Al efecto, podrá concurrir con su sola firma al otorgamiento de escrituras públicas y documentos en general que fueran menester.- Se faculta, además, al portador de copia autorizada del presente instrumento para requerir y firmar las anotaciones, inscripciones y subinscripciones a que haya lugar para la legalización del presente instrumento”.- Teniendo el compareciente facultades suficientes, viene en rectificar el extracto y la escritura de saneamiento de la ley 19.499 diecinueve, ya que por un error involuntario se individualizó a la sociedad como “IMPORTADORA Y EXPORTADORA CHILEBEL LIMITADA”. Mediante este instrumento se subsana dicho error en el extracto y escritura en cuanto al nombre de la sociedad, debiendo haberla singularizado como “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA CHILEBEL LIMITADA”.- La presente escritura se entenderá formar parte de la escritura y extracto de saneamiento de la ley 19.499 individualizados anteriormente, rectificándola en lo expresado en la clausula anterior y subsistente en todas sus partes y clausulas no modificadas.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talcahuano, 14 de Diciembre de 2020.