Instrumento
- Fecha
- 30 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 32836
- Notario
- Juan Ricardo San Martin Urrejola
- Oficio
- cuadragésima tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, efectuar inversiones en toda clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles, valores y acciones y administrar estas inversiones; desarrollar negocios inmobiliarios en la forma de compra, venta, arrendamiento y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces; asimismo, podrán los socios destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad que directa o indirectamente esté relacionada con el objeto antes descrito, toda vez que así lo acordaren los socios de consuno. La empresa podrá efectuar los actos mencionados por cuenta propia o ajena, y para lograr su finalidad, podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y)o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden, ingresando a ellas como socio o accionista; así como otros negocios que los socios de común acuerdo decidan realizar relacionados con los anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martin Urrejola, Abogado, Notario Público de la cuadragésima tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2020, número de repertorio 32.836, ante mí, doña Camila Correa Ortúzar, constituyó Sociedad por Acciones, “la Sociedad”.- Nombre: INMOBILIARIA SAN EUGENIO SpA.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto, efectuar inversiones en toda clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles, valores y acciones y administrar estas inversiones; desarrollar negocios inmobiliarios en la forma de compra, venta, arrendamiento y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces; asimismo, podrán los socios destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad que directa o indirectamente esté relacionada con el objeto antes descrito, toda vez que así lo acordaren los socios de consuno. La empresa podrá efectuar los actos mencionados por cuenta propia o ajena, y para lograr su finalidad, podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden, ingresando a ellas como socio o accionista; así como otros negocios que los socios de común acuerdo decidan realizar relacionados con los anteriores.- Capital: El capital social es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se encuentra totalmente suscrito y pagado. - Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Santiago, 11 de diciembre de 2020.