MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Librería Antártica Limitada

RUT 88679500-9 CVE 1864416
Fecha instrumento
4 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de diciembre de 2020
Repertorio
22616/2020
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULA ANDREA LUNA SAEZ, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 04 de Diciembre de 2020, Repertorio N° 22.616 / 2020, ante María Pilar Gutiérrez Rivera, i) doña Carmen Gloria Julia Aguirre Vargas, domiciliada para estos efectos en San Francisco 116, comuna y ciudad de Santiago, en adelante la “Cedente”; ii) Inversiones Ham Limitada, en adelante la “Cesionaria”, debidamente representada por iii) don Carlos Hernán Aguirre Vargas, ambos domiciliados para estos efectos en Coronel Pereira 62, oficina 1404, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; compareció además en calidad de socia iv) Librería Antártica Plaza Limitada, representada por v) doña María Cecilia Del Carmen Aguirre Vargas, ambas domiciliadas para estos efectos en esta ciudad, calle San Francisco número 116, comuna de Santiago; y por don Carlos Hernán Aguirre Vargas, ya individualizado; modificaron la sociedad Librería Antártica Limitada en los siguientes términos: A) Cesión de derechos: La “Cedente”, vendió, cedió y transfirió el total de sus derechos sociales equivalentes al 50% de que era dueña en el haber social de “Librería Antártica Limitada” a la “Cesionaria”, por quien compró y aceptó su representante. El precio total de esta compraventa y cesión fue de $50.000.000 pesos. - B) Con motivo de la cesión antes indicada, se retiró de la sociedad “Librería Antártica Limitada” doña Carmen Gloria Julia Aguirre Vargas e ingresó como nueva socia “Inversiones Ham Limitada”, aceptando la presente cesión y el ingreso mencionado la socia “Librería Antártica Plaza Limitada”. C) Quedaron como únicos socios de “Librería Antártica Limitada”, las sociedades “Librería Antártica Plaza Limitada” e “Inversiones Ham Limitada”, con una proporción en el haber social y repartición de las utilidades y pérdidas de un 50% por ciento cada una. D) Los socios acordaron reemplazar íntegramente la Cláusula Séptima de la escritura de constitución de la sociedad “Librería Antártica Limitada”, por la siguiente: La representación, el uso de la razón social y la administración de la sociedad le corresponderá indistintamente a uno cualquiera de sus socios, es decir, a Librería Antártica Plaza Limitada o a Inversiones Ham Limitada, quiénes la ejercerán a través de sus mandatarios designados por escritura pública y tendrán la representación de la sociedad pudiendo en su nombre ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sea, que se relacionen directa e indirectamente con el contrato social y sin que la enunciación contenida en la escritura extractada importe limitación de facultades. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 09 de Diciembre de 2020.