CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CARMONA, SORREL E HIJOS SpA

RUT 9858192-8 CVE 1864502
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
2 de diciembre de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
2 de diciembre de 2020
Notario
Jorge Reyes Bessone
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la compra, venta, arrendamiento y explotación de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, especialmente vehículos, y cualquier otra actividad que los accionistas de común acuerdo determinen

Administración

Por un Gerente designado por los

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MAURICIO ANTONIO CARMONA BRAVO socio 9858192-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jorge Reyes Bessone, Notario Público titular de San Miguel, Gran Av. J.M. Carrera Nº 4.886, San Miguel, certifico: Por escritura pública de fecha 2 de diciembre de 2020, ante mí, MAURICIO ANTONIO CARMONA BRAVO, Cédula de Identidad Nº 9.858.192-8, domiciliado en Parcela 39, Las Palmas de Olivetto, Comuna de Talagante, Región Metropolitana, constituyó la siguiente sociedad por acciones: Nombre: “CARMONA, SORREL E HIJOS SpA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias, oficinas y sucursales en otros lugares del país o del extranjero, y de domicilios especiales. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será la compra, venta, arrendamiento y explotación de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, especialmente vehículos, y cualquier otra actividad que los accionistas de común acuerdo determinen. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, toda de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado según se expresa en disposiciones transitorias. Administración: Por un Gerente designado por los accionistas. El accionista constituyente, don Mauricio Antonio Carmona Bravo, se auto designó en el cargo de Gerente según se expresa en disposiciones transitorias. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, 9 de diciembre de 2020.