AGRICOLA Y FORESTAL LOS ALPES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de noviembre de 2020
- Notario
- Pablo Andrés Gándara Riveros
- Oficio
- segunda Notaria de Los Angeles
- Comuna
- Los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo Andrés Gándara Riveros, Abogado, Notario Público de la segunda Notaria de Los Angeles, domiciliado en calle Lautaro número trescientos setenta y uno, de esta ciudad, Interino por cese en el cargo del Notario Titular don Sergio Adolfo Hernández Reeve, según Decreto Económico número ciento noventa y cuatro, protocolizado al final del Protocolo de Instrumentos Públicos de esta Notaria, correspondiente al Cuarto Bimestre de dos mil diecinueve, bajo el número uno, y anotado en el Repertorio bajo el número mil ochocientos ocho guión diecinueve, certifico, por escritura pública, hoy ante mí, don PEDRO SAMUEL VALDIVIA SOTO, domiciliado en calle Marbella Poniente, número doscientos dieciséis, comuna de Vitacura, Santiago; don JAIME GONZALO VALDIVIA SOTO, domiciliado en Fundo Los Alpes o La Laguna, de la comuna de El Carmen; doña LUZ MARIA VALDIVIA SOTO, domiciliada en Las Malvas número doscientos setenta, Las Condes, Santiago; doña BLANCA OLGA VALDIVIA SOTO, domiciliada en calle Las Malvas número doscientos setenta, departamento número sesenta y tres, comuna de Las Condes, Santiago; don FRANCISCO JAVIER GERMAN VALDIVIA SOTO, domiciliado en Cerro Abanico número doce mil ciento ochenta y uno, comuna de Las Condes, Santiago; don JOSE ANTONIO VALDIVIA SOTO, domiciliado en Los Cedros número seiscientos ochenta, Bosques de Monte Mar, comuna de Con – Con; doña MARIA LUZ DE LA SOTTA VILLAGRA, domiciliada en calle Marbella Poniente, número doscientos dieciséis, comuna de Vitacura, Santiago; don PEDRO SAMUEL VALDIVIA DE LA SOTTA, y don JUAN PABLO VALDIVIA DE LA SOTTA, ambos en representación de la sociedad MARÍA LUZ INVERSIONES LIMITADA, todos domiciliados en calle Monseñor Escrivá de Balaguer número nueve mil quinientos cuarenta y siete, departamento quinientos dos B, Vitacura, Santiago, todos chilenos y mayores de edad, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “AGRICOLA Y FORESTAL LOS ALPES LIMITADA”, con nombre de fantasía “LOS ALPES LTDA.”, la cual fue constituida por escritura pública de fecha siete de Septiembre del año dos mil uno, otorgada ante el abogado y notario público de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don René Benavente Cash , cuyo extracto se inscribió a fojas veinticuatro mil trescientas nueve vuelta, número diecinueve mil seiscientos sesenta y siete, del Registro de Comercio del año dos mil uno del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial con fecha veinticinco de Septiembre del año dos mil uno, Edición Número treinta y siete mil sesenta y nueve. A dicha sociedad se le asignó por parte del Servicio de Impuestos Internos el Rol Único Tributario número setenta y siete millones seiscientos cincuenta y seis mil ciento setenta guion tres, teniendo un capital social de ciento treinta y siete millones de pesos el cual se encuentra totalmente enterado y pagado. Dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha trece de Diciembre del año dos mil doce otorgada ante el notario público de la Cuadragésima Quinta notaría de Santiago don René Benavente Cash, cuyo extracto se inscribió a fojas noventa y tres mil quinientos cincuenta y ocho, número sesenta y cinco mil novecientos ochenta y dos del Registro de Comercio del año dos mil doce del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial de fecha veintiocho de Diciembre del año dos mil doce, Edición Número cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y cinco. Finalmente la sociedad señalada fue nuevamente modificada por escritura pública de fecha catorce de Febrero del año dos mil veinte otorgada ante doña Francisca Martin Gómez, abogado y notario público suplente del titular de Bulnes don Luciano Francisco Cruz Muñoz, cuyo extracto se inscribió a fojas veinte mil ciento cincuenta y dos, número diez mil cincuenta y dos del Registro de Comercio del año dos mil veinte del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial de fecha seis de Marzo del año dos mil veinte, Edición Número cuarenta y dos mil quinientos noventa y siete. Los comparecientes, don PEDRO SAMUEL VALDIVIA SOTO, don JAIME GONZALO VALDIVIA SOTO, doña LUZ MARIA VALDIVIA SOTO, doña BLANCA OLGA VALDIVIA SOTO, don FRANCISCO JAVIER GERMAN VALDIVIA SOTO, y don JOSE ANTONIO VALDIVIA SOTO son los únicos y actuales socios de dicha sociedad. De conformidad a lo dispuesto en el artículo mil setecientos veintitrés del Código Civil, el socio compareciente don PEDRO SAMUEL VALDIVIA SOTO, y su cónyuge también compareciente doña MARIA LUZ DE LA SOTTA VILLAGRA, por escritura pública otorgada ante el notario de Bulnes don Luciano Francisco Cruz Muñoz con fecha dieciséis de Enero del año dos mil diecinueve, pactaron sustituir el régimen de sociedad conyugal por el de separación total de bienes a partir de esa misma fecha, sub inscribiéndose dicho pacto al margen de la inscripción de matrimonio con fecha diecisiete de Enero del año dos mil diecinueve. Por tal razón y habiéndose disuelto la sociedad conyugal, los comparecientes antes señalados y mediante escritura pública de fecha veintiocho de Enero del año dos mil veinte otorgada ante el notario público de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don René Benavente Cash, realizaron la liquidación de dicha sociedad conyugal. En dicha escritura se estipuló dentro del cuerpo común de bienes de dicha sociedad, los derechos sociales correspondientes al diez coma cuatro uno seis seis seis seis por ciento de los derechos sociales en la sociedad “Agrícola y Forestal Los Alpes Limitada”, objeto de esta modificación, los cuales fueron adquiridos por escritura pública de fecha trece de Diciembre el año dos mil doce otorgada en la misma notaría antes señalada. Dichos derechos sociales fueron adjudicados en dicha escritura pública a la cónyuge doña MARIA LUZ DE LA SOTTA VILLAGRA por un valor de treinta millones ciento dos mil setecientos once pesos, aceptando dicha adjudicataria expresamente la adjudicación referida. Finalmente en este acto, los actuales socios y todos los comparecientes reconocen y aceptan en todas sus partes dicha adjudicación. Modificaciones Consisten: a).- Los socios acuerdan y ratifican el ingreso como nueva socia de la sociedad a doña MARIA LUZ DE LA SOTTA VILLAGRA con un diez coma cuatro uno seis seis seis seis por ciento del capital social total, en virtud de la adjudicación de dichos derechos sociales de la liquidación de sociedad conyugal antes referida; b).- En este acto don PEDRO SAMUEL VALDIVIA SOTO vende, cede, y transfiere a la sociedad MARÍA LUZ INVERSIONES LIMITADA, quien debidamente representada, compra y adquiere para sí, sus derechos sociales correspondientes al seis coma veinticinco por ciento del capital social total. El precio de la cesión es la suma de noventa millones de pesos, que el cesionario paga en este acto al cedente de contado y en dinero efectivo declarando este último recibirlos a su total y entera satisfacción sin tener cargo o reclamo alguno que formular al respecto declarando totalmente pagado el precio de la cesión. Todos los comparecientes aceptan y consienten expresamente las cesiones antes señaladas. De este modo, don PEDRO SAMUEL VALDIVIA SOTO se retira de la sociedad ingresando en su lugar en la forma antes señalada doña MARIA LUZ DE LA SOTTA VILLAGRA, con un diez coma cuatro uno seis seis seis seis por ciento del capital social total; y la sociedad MARÍA LUZ INVERSIONES LIMITADA, con un seis coma veinticinco por ciento del capital social; manteniendo los socios restantes sus respectivos porcentajes correspondientes a cada uno de ellos un dieciséis coma seis seis seis seis por ciento en el capital social total. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. En este acto los nuevos y actuales socios de la sociedad doña MARIA LUZ DE LA SOTTA VILLAGRA, don JAIME GONZALO VALDIVIA SOTO, doña LUZ MARIA VALDIVIA SOTO, doña BLANCA OLGA VALDIVIA SOTO, don FRANCISCO JAVIER GERMAN VALDIVIA SOTO, don JOSE ANTONIO VALDIVIA SOTO, y la sociedad MARÍA LUZ INVERSIONES LIMITADA; modifican por tanto las siguientes cláusulas del estatuto social: Uno) “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES DE PESOS, que se ha enterado íntegramente por los socios, los cuales tienen las siguientes participaciones: a) doña MARIA LUZ DE LA SOTTA VILLAGRA, el diez coma cuatro uno seis seis seis seis por ciento del capital de la Sociedad; b) don JAIME GONZALO VALDIVIA SOTO el dieciséis coma seis seis seis seis ciento del capital de la Sociedad, c) doña LUZ MARIA VALDIVIA SOTO el dieciséis coma seis seis seis seis ciento del capital de la Sociedad; d) doña BLANCA OLGA VALDIVIA SOTO el dieciséis coma seis seis seis seis ciento del capital de la Sociedad; e) don FRANCISCO JAVIER GERMAN VALDIVIA SOTO el dieciséis coma seis seis seis seis ciento del capital de la Sociedad; f) don JOSE ANTONIO VALDIVIA SOTO el dieciséis coma seis seis seis seis ciento del capital de la Sociedad; y, g) la sociedad MARÍA LUZ INVERSIONES LIMITADA, el seis coma veinticinco por ciento del capital de la Sociedad”; y Dos); “SEPTIMO: La repartición de utilidades y pérdidas entre los socios se realizará a prorrata de sus respectivos aportes. Los socios podrán de común acuerdo realizar retiros parciales de utilidades devengadas de ejercicios anteriores o del mismo ejercicio en que se hayan generado, a cuentas del ejercicio anual”. Se deja expresa constancia de que en todo lo no modificado por este instrumento y por las modificaciones anteriores, se mantiene plenamente vigente el contrato social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Ángeles, 13 de Noviembre de 2020.-