Instrumento
- Fecha
- 20 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 23233-2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaría Santiago La Concepción 65
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
efectuar inversiones en cualquier forma, de y en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, corporales e incorporales, títulos de crédito, de deudas o representativas de obligaciones de dinero y valores mobiliarios en general, y toda clase de negocios y empresas, incluyendo la formación y)o participación en sociedades de cualquier naturaleza y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36ª Notaría Santiago La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 20 de noviembre de 2020, repertorio N° 23.233-2020, ante mí, don GONZALO EYZAGUIRRE ALVARADO, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número 14.497.669-k, con domicilio para estos efectos en Santiago, Avenida Apoquindo 3650, piso 15, Comuna de Las Condes, constituyó siguiente sociedad por acciones: RAZÓN SOCIAL: San Peter II SpA; DOMICILIO: Ciudad de Santiago; DURACION: Indefinida; OBJETO: efectuar inversiones en cualquier forma, de y en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, corporales e incorporales, títulos de crédito, de deudas o representativas de obligaciones de dinero y valores mobiliarios en general, y toda clase de negocios y empresas, incluyendo la formación y/o participación en sociedades de cualquier naturaleza y objeto. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la sociedad. CAPITAL Y ACCIONES, SUSCRIPCION Y PAGO: $1.000.000, dividido 1.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas mismo acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de diciembre de 2020.