COMERCIAL BRYS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de diciembre de 2020
- Notario
- GUILLERMO VALENZUELA LEÓN
- Oficio
- Titular de la 3ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO VALENZUELA LEÓN, Notario Público Suplente del Titular de la 3ª Notaria de Santiago, GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ, Avda. Libertador Bernardo O’Higgins Nº 3.425, Estación Central, certifica: por escritura pública hoy ante mí, MANUEL FERNANDO ARRIAGADA MEDEL, C.I. Nº 13.438.321-6, Avda. Lo Ovalle N° 645, San Miguel, de paso en ésta; MATIAS MAURICIO ALLENDES ARRIAGADA, C.I. Nº 18.848.292-9, Pje. El Retoño N° 1.780, Nocedal 3, Puente Alto, de paso en ésta y FELIPE IGNACIO ARRIAGADA PASTENET, C.I. Nº 20.677.408-8, Las Nalcas Sur N° 9.477, Casa 20, La Florida; modifican sociedad de responsabilidad limitada, denominada "COMERCIAL BRYS LIMITADA”, nombre fantasía "COMERCIAL BRYS LTDA”, RUT 77.213.941-1, sociedad inscrita a Fs. 51.933 N° 24.574, del Reg. de Comercio del C.B.R. de Santiago correspondiente al año 2020 y publicada en el D.O. de fecha 24-08-2020. y su capital social es $1.000.000.- ya aportados y enterados a la caja social.- En los siguientes sentidos: MATIAS MAURICIO ALLENDES ARRIAGADA, vende, cede y transfiere, el 20% de los derechos sociales de que es dueño en el haber e interés social a FELIPE IGNACIO ARRIAGADA PASTENET, quién a su vez los adquiere para sí en $200.000.-, que adquirente pagó con anterioridad al presente acto al contado y en dinero efectivo, y que el cedente declara haberlos recibido a su entera conformidad. En virtud de la cesión de derechos, la sociedad queda conformada exclusivamente por MANUEL FERNANDO ARRIAGADA MEDEL, con un 80% del capital social, haber e interés social y por FELIPE IGNACIO ARRIAGADA PASTENET con el 20% del capital social, haber e interés social. En cuanto a la administración, representación y uso de la razón social, seguirá siendo ejercida única y exclusivamente por don MANUEL FERNANDO ARRIAGADA MEDEL, y con las mismas facultades ya señaladas en el pacto constitutivo. En todo lo no modificado se mantiene íntegramente vigente el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 4 diciembre de 2020.