Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 16821-2020
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Orrego Luco número 0153, Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 07 de Diciembre de 2020, Repertorio N° 16.821-2020, ante mí, don TOMAS PUIG CASANOVA, chileno, casado, abogado, domiciliado en Nueva Providencia N°2353, piso décimo, comuna de Providencia, cedula nacional de identidad 2.817.331-8, en representación de doña ALBA MALDONADO LOPÉZ: Rut: 14.741.991-0, de doña LORENA SAENZ-LAGUNA CÓRDOVA, Rut: 13.050.160-5 y de don DAVIDE BRUNDU, Rut: 14.659.151-5, expone que, en conformidad a las disposiciones de la ley número 19.499, art.428 del Código de Comercio, y demás disposiciones legales pertinentes, viene en sanear algún error de forma en la constitución de la sociedad BEE LOGISTICS CHILE SpA, por escritura pública ante mí, de fecha 24 de noviembre de 2020, Repertorio 15.866-2020, inscrito a fojas 80.059, N°38.324, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2020, en lo referente a la forma de pagar el precio de las acciones suscritas por los mandantes arriba indicados, razón por la cual, modifica el artículo Primero transitorio de dicha escritura pública, el que queda de la siguiente manera: “Artículo Primero Transitorio. CAPITAL. el capital de la sociedad es la suma de $20.000.000 de pesos divididos en 1.000.000 de acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, las cuales, son adquiridas en su totalidad y pagadas de la siguiente manera: a) con $10.000.000 dentro del plazo de 60 días desde la escritura constitutiva y $10.000.000 en su equivalencia a UF 344,949 a medida de las necesidades de la empresa, dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la constitución. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 09 de Diciembre 2020.-