Instrumento
- Fecha
- 26 de noviembre de 2020
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad es: i) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena; ii) La compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; y iii) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que el o los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 26 de Noviembre de 2020, ante mí, don José Miguel Correa Barros, domiciliado en Agua Del Palo 550, departamento 103 A, comuna de Vitacura, Ciudad de Santiago, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: "Agua del Palo SpA". Objeto: El objeto de la Sociedad es: i) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena; ii) La compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; y iii) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que el o los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Capital: El capital de la sociedad asciende al monto de 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 100 acciones ordinarias y sin valor nominal, que se encuentra suscrito y por pagar en el plazo y forma que se expresa en el Artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 1 de diciembre de 2020.