Sociedad de Servicios Marín y Arancibia Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de noviembre de 2020
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJaime Polloni Contardo, Notario San Felipe, Merced 192, San Felipe, certifica, escritura pública 13 Noviembre 2020, ante mí, señores Julio Marín Martínez, Macarena Andrea Marín Arancibia, Julio Ignacio Marín Arancibia, los tres, Adolfo Carmona nro. 753, Villa Aconcagua, San Felipe, y Oscar Felipe Marín Arancibia, Arquitecto Mardones nro, 1.171, depto 401, Providencia, Santiago, acordaron cesión de derechos en “Sociedad de Servicios Marín y Arancibia Limitada”, rut. 77.858.250-3, constituida escritura pública 26 Noviembre 2002, ante notario que autoriza, inscrita fs. 154 vta. nro. 159, Registro Comercio 2002, Conservador de Bienes Raíces de San Felipe, por medio de la cual don Julio Marín Martínez, vende, cede y transfiere sus derechos en la sociedad, equivalentes al 50% de la totalidad de los derechos sociales, a doña Macarena Andrea Marín Arancibia, a don Julio Ignacio Marín Arancibia y a don Oscar Felipe Marín Arancibia, quienes los compran adquieren y aceptan para sí en precio de $3.000.000.-. de los que cada uno paga la suma de $1.000.000.-, en la forma se señala en el acto de la cesión. En consecuencia, se retira de la sociedad don Julio Marín Martínez y haberes sociales quedan distribuidos en un 16,6% para cada uno de doña Macarena Andrea Marín Arancibia, de don Julio Ignacio Marín Arancibia y de don Oscar Felipe Marín Arancibia. Comparece escritura pública de cesión socia doña Inés de las Mercedes Arancibia Fernández, titular del 50% de los derechos sociales, autorizando la cesión de derechos, Otras estipulaciones constan escritura pública extractada. San Felipe, 13 Noviembre 2020. J. Polloni C. Not.