SALAS Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de noviembre de 2020
- Notario
- Alejandro Américo Alvarez Barrera
- Oficio
- 41 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, don JORGE GASTÓN SALAS SANHUEZA, cédula de identidad N° 4.430.419-8; don FRANCISCO BRURON PINEDO, cédula de identidad N° 6.063.520-K; don FELIPE IGNACIO SALAS SAAVEDRA, cédula de identidad N° 10.289.094-9; don ALFONSO PATRICIO GAETE GUTIERREZ, cédula de identidad N° 8.120.146-3 y doña MARIGEN ARIADNA JUL IA HORNKOHL VENEGAS, cédula de identidad N° 6.379.339-6, todos domiciliados en calle Alfredo Barros Errázuriz Nº 1954, oficia 507, Providencia, Santiago, modificaron la sociedad “SALAS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, sociedad inscrita en Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, Fs. 7.998 N° 4.578 año 1977, como sigue: /A/ CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES, CONFORME A LO SIGUIENTE: (i) socio FRANCISCO BRURON PINERO, vendió, cedió y transfirió todos sus derechos sociales en la sociedad “SALAS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, equivalentes al 2% del haber social a ALFONSO PATRICIO GAETE GUTIERREZ. En consecuencia, quedan como únicos socios de la sociedad: a) Don JORGE SALAS SANHUEZA, con un 51% de los derechos sociales; b) don FELIPE IGNACIO SALAS SAAVEDRA, con el 5% de los derechos sociales; c) don ALFONSO PATRICIO GAETE GUTIERREZ, con el 19% de los derechos sociales y doña MARIGEN ARIADNA JULIA HORNKOHL VENEGAS, con el 25% de los derechos sociales; y /B/ MODIFICACIÓN ESTATUTOS SOCIALES: Como consecuencia de la cesión de derechos, los Socios acordaron reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $100.000.- que los socios han aportado con anterioridad a la fecha de la escritura, y que se distribuye entre los socios del siguiente modo: a) Don JORGE SALAS SANHUEZA, con el 51% de los derechos sociales; b) don FELIPE IGNACIO SALAS SAAVEDRA, con el 5% de los derechos sociales; c) don ALFONSO PATRICIO GAETE GUTIERREZ, con el 19% de los derechos sociales y doña MARIGEN ARIADNA JULIA HORNKOHL VENEGAS, con el 25% de los derechos sociales. En consecuencia, se encuentra enterado y pagado el 100% del capital social.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de noviembre de 2020.-