Instrumento
- Fecha
- 30 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 32882-2020
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 18.046.
Objeto social
La sociedad tendrá como
Administración
La sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador o los Administradores ser o no
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaria Santiago, Huérfanos 835 Piso 18, Santiago, certifico que, por escritura pública, de fecha 30 de noviembre de 2020, repertorio 32882-2020, ante mí, doña Erika Del Carmen Zepeda Valenzuela, constituyó Sociedad por Acciones conformidad Título VII, Libro II, Código de Comercio, el Código Civil, la Ley 18.046. NOMBRE: El nombre de la sociedad será “INVERSIONES ZEPEDA VALENZUELA SpA. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. OBJETO: La sociedad tendrá como objeto: a) La obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. b) Asimismo, la sociedad podrá realizar toda clase de negocios que los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente al objeto y, en general, cualquier otra actividad o negocio que los accionistas acuerden. CAPITAL: El capital es la suma de $1.000.000.-, dividido en 1.000.000 de acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital se encuentra íntegramente suscrito y será pagado dentro del plazo de 1 año contado desde fecha de escritura extractada. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador o los Administradores ser o no accionistas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago 02 de diciembre de 2020.