COMUNICACIÓN Y TECNOLOGIA ARAOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de noviembre de 2020
- Notario
- MIGUEL A. GODOY AHUMADA
- Domicilio
- Cisterna
- Comuna
- Santiago de Osvaldo Pereira
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Será la prestación por cuenta propia o ajena de toda clase de asesoría, desarrollo, implementación, operación, y explotación por cuenta propia o ajena en el ámbito de las comunicaciones y telecomunicaciones en todas sus formas; diseño, desarrollo, creación, programación, comercialización en redes computacionales e informáticas; importación, exportación y comercialización de todo tipo de bienes muebles, programas computacionales o software, y elementos de carácter técnico y, en general, la realización y desarrollo de cualquier operación comercial, industrial, técnica o científica relacionada o no con la actividad de telecomunicaciones, computación e informática, incluso la representación de personas naturales y jurídicas, nacionales y)o extranjeras y ejecutar todos los actos y contratos conducentes al desarrollo adecuado y oportuno de los fines sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMIGUEL A. GODOY AHUMADA, Notario Público de La Cisterna, Suplente del titular SERGIO W. ARENAS BENONI, Gran Avenida José Miguel Carrera 8006, certifico: Por escritura pública fecha 24-11-2020, ante el titular: DAVID ARTURO ARAOS MENDEZ y ALVARO FELIPE ARAOS MENDEZ, ambos domiciliado en Moisés Chacón N° 46, El Monte; modificaron sociedad COMUNICACIÓN Y TECNOLOGIA ARAOS LIMITADA, constituida por escritura fecha 02 de junio 2010, otorgada en la Notaría de Santiago de Osvaldo Pereira Gonzalez, cuyo extracto se inscribió a fojas 27.876, número 19.200 del año 2010, del Registro de Comercio de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 02 de junio del año 2010, y hasta esta la fecha no ha sufrido modificaciones. TRANSFORMACIÓN. Los actuales socios vienen en transformar dicha sociedad en una “sociedad por acciones” que se regirá por el presente estatuto social y por el Párrafo octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio; y, supletoriamente, en silencio de este estatuto y ese párrafo del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. La cual se regirá por los siguientes estatutos: Razón Social: “FONOIP SpA”.- Objeto: Será la prestación por cuenta propia o ajena de toda clase de asesoría, desarrollo, implementación, operación, y explotación por cuenta propia o ajena en el ámbito de las comunicaciones y telecomunicaciones en todas sus formas; diseño, desarrollo, creación, programación, comercialización en redes computacionales e informáticas; importación, exportación y comercialización de todo tipo de bienes muebles, programas computacionales o software, y elementos de carácter técnico y, en general, la realización y desarrollo de cualquier operación comercial, industrial, técnica o científica relacionada o no con la actividad de telecomunicaciones, computación e informática, incluso la representación de personas naturales y jurídicas, nacionales y/o extranjeras y ejecutar todos los actos y contratos conducentes al desarrollo adecuado y oportuno de los fines sociales.- Capital: $2.000.000, dividido en dos mil acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas en dinero efectivo y con anterioridad a este acto, al valor inicial de mil pesos cada acción, por los accionistas en iguales partes.- Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares de la República o en el extranjero.- Duración: Indefinida.- Demás estipulaciones en escritura extractada. La Cisterna, 09 de Diciembre de 2020.-