CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGRÍCOLA SOL DEL POQUI SpA

CVE 1862805
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de noviembre de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
20 de noviembre de 2020
Repertorio
2781-2020
Notario
Álvaro Daniel Carvallo Castillo
Domicilio
Rancagua

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Rancagua, sin perjuicios de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas que se puedan establecer en otros puntos del país o en el extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será la producción, distribución, comercialización, exportación e importación, de toda clase de frutas o productos agrícolas que acuerden los

Administración

La administración de la sociedad, le corresponderá a un gerente general. Hasta que la junta de accionistas no designe a nadie, este rol lo asumirá don CARLOS DEBESA BULNES, quien tendrá todas las facultades señaladas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro Daniel Carvallo Castillo, abogado, Notario Público Rancagua, Suplente del Titular Eduardo de Rodt Espinosa, oficio San Martín 427, Rancagua, certifico que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 20 de noviembre de 2020, Repertorio N°2781-2020, don FERNANDO DEBESA BULNES, cédula de identidad número quince millones novecientos treinta y cinco mil ciento cincuenta y nueve guion nueve, chileno, ingeniero agrónomo, soltero, domiciliado para estos efectos en Fundo San Carlos sin número, comuna de Coltauco, concurrió a la constitución de una sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: Nombre: “AGRÍCOLA SOL DEL POQUI SpA”, con nombre de fantasía “AGRICOLA SOL DEL POQUI”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Rancagua, sin perjuicios de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas que se puedan establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad será la producción, distribución, comercialización, exportación e importación, de toda clase de frutas o productos agrícolas que acuerden los accionistas. Para ello, podrá adquirir, enajenar, negociar, y disponer en cualquier forma y a cualquier título, de toda clase de bienes; podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales; y en general, explotar y desarrollar los bienes en los que invierta, y realizar toda otra actividad o negocio licito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas, en conformidad a la legislación vigente y a los presentes estatutos, que no se encuentren prohibidos por las leyes chilenas. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en un millón de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, la cual se suscribe, y se pagará en tres cuotas, por don FERNANDO DEBESA BULNES. La primera cuota, tendrá un valor de $400.000, y debe quedar pagada al 25 de diciembre del año 2020. La segunda, del mismo valor, debe quedar pagada dentro de los seis meses siguientes, al pago de la cuota inicial. Finalmente, la tercera cuota, por el remanente, debe quedar pagada dentro de los seis meses siguientes, al pago de la segunda cuota. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida. Administración: La administración de la sociedad, le corresponderá a un gerente general. Hasta que la junta de accionistas no designe a nadie, este rol lo asumirá don CARLOS DEBESA BULNES, quien tendrá todas las facultades señaladas en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 20 de noviembre de 2020.