SERVICIOS DE BUCEO MARIO OBED VIDAL REYES E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 24 de noviembre de 2020
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Sociedad
- N. fantasía
- "SERVICIOS DE BUCEO MARIO VIDAL E.I.R.L
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Puerto Varas
- Duración
- Tres años, prorrogable automática y tácitamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, salvo que la titular manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción estatutaria con una anticipación mínima de 6 meses a dicho vencimiento
Objeto social
El objeto o giro de la empresa será la prestación de servicios de buceo ya sea por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de este objeto, actividad y rubro especifico, la empresa individual podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos que tiendan a la consecución y cumplimiento de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura de fecha 24 de noviembre de 2020, ante mí, don MARIO OBED LESLIE ALBERTO VIDAL REYES, chileno, buzo, soltero, 32 años, C.I N° 17.124.932-5, domiciliado en Parcela Santa Rosa, calle Los Treiles parcela n° 31, Nueva Braunau, Puerto Varas, constituyó empresa individual de responsabilidad limitada. Nombre: SERVICIOS DE BUCEO MARIO OBED VIDAL REYES E.I.R.L.; nombre de fantasía: "SERVICIOS DE BUCEO MARIO VIDAL E.I.R.L.- Objeto: El objeto o giro de la empresa será la prestación de servicios de buceo ya sea por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de este objeto, actividad y rubro especifico, la empresa individual podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto. Domicilio: Puerto Varas, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir en otras ciudades del país o en el extranjero.- Duración: Tres años, prorrogable automática y tácitamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, salvo que la titular manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción estatutaria con una anticipación mínima de 6 meses a dicho vencimiento.- Capital: $1.000.000.- que el titular entera en este acto, dinero en efectivo, ingresando a caja de la empresa. Responsabilidad limitada a su respectivo aporte. Administración y uso del nombre: Corresponderá exclusivamente al titular MARIO OBED LESLIE ALBERTO VIDAL REYES. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Puerto Varas, 05 de diciembre de 2020.