MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LA PRINCESA LIMITADA

RUT 76489482-0 CVE 1861869
Fecha instrumento
19 de noviembre de 2020

Instrumento

Fecha
19 de noviembre de 2020
Notario
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
Domicilio
San Miguel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 19 de noviembre del año 2020, ante mí, don FERNANDO VERGARA DEL SANTE, doña MARÍA DEL CARMEN CERDA ECHEVERRÍA, doña MARÍA DEL CARMEN VERGARA CERDA, doña MARÍA FRANCISCA VERGARA CERDA, doña MARÍA MACARENA VERGARA CERDA, don FERNANDO VERGARA CERDA, y don JOSÉ MIGUEL VERGARA CERDA, todos domiciliados, para estos efectos, en calle Flor de Azucenas número ciento once, oficina sesenta y uno guion B, comuna de Las Condes, y de paso en esta, Región Metropolitana, celebraron “DA CUENTA DE HECHO QUE INDICA Y MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES INVERSIONES LA PRINCESA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 58337 número 34022 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015, y acordaron lo siguiente: I. DA CUENTA DE HECHO QUE INDICA: Uno) Por escritura pública de fecha 6 de noviembre del año 2020, otorgada también ante mí, se celebró “DONACIÓN FERNANDO VERGARA DEL SANTE A FERNANDO VERGARA CERDA Y OTROS”, mediante la cual don FERNANDO VERGARA CERDA donó, por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, como mera liberalidad, a doña MARÍA DEL CARMEN VERGARA CERDA, a doña MARÍA FRANCISCA VERGARA CERDA, a doña MARÍA MACARENA VERGARA CERDA, a don FERNANDO VERGARA CERDA, y a don JOSÉ MIGUEL VERGARA CERDA, la nuda propiedad sobre un 19,98% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES LA PRINCESA LIMITADA, en partes iguales, donatarios que en el mismo acto, aceptaron y notificaron la aceptación de la donación. Dos) Posteriormente, por escritura pública de fecha 11 de noviembre del año 2020, otorgada también ante mí, se celebró “DONACIÓN MARÍA DEL CARMEN CERDA ECHEVERRÍA FERNANDO VERGARA CERDA Y OTROS”, mediante la cual doña MARÍA DEL CARMEN CERDA ECHEVERRÍA donó, por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, como mera liberalidad, a doña MARÍA DEL CARMEN VERGARA CERDA, a doña MARÍA FRANCISCA VERGARA CERDA, a doña MARÍA MACARENA VERGARA CERDA, a don FERNANDO VERGARA CERDA, y a don JOSÉ MIGUEL VERGARA CERDA, la nuda propiedad sobre el 29,98% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES LA PRINCESA LIMITADA, en partes iguales, donatarios que en el mismo acto, aceptaron y notificaron la aceptación de la donación. II. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: Como consecuencia de las donaciones anteriores, modificaron el artículo tercero de los estatutos sociales, relativo al capital social, que tendrá el tenor que se indica a continuación: “Artículo Tercero: Capital. El capital de la sociedad es la suma única y total de un millón de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don FERNANDO VERGARA DEL SANTE, con la plena propiedad sobre el cero coma cero dos por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y el usufructo vitalicio sobre el diecinueve coma noventa y ocho por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados; b) doña MARÍA DEL CARMEN CERDA ECHEVERRÍA, con la plena propiedad sobre el cero coma cero dos por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y el usufructo vitalicio sobre el veintinueve coma noventa y ocho por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados; c) doña MARÍA DEL CARMEN VERGARA CERDA, con la plena propiedad sobre el diez por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el nueve coma novecientos noventa y dos por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados; d) doña MARÍA FRANCISCA VERGARA CERDA, con la plena propiedad sobre el diez por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el nueve coma novecientos noventa y dos por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados; e) doña MARÍA MACARENA VERGARA CERDA, con la plena propiedad sobre el diez por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el nueve coma novecientos noventa y dos por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados; f) don FERNANDO VERGARA CERDA, con la plena propiedad sobre el diez por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el nueve coma novecientos noventa y dos por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados; y, g) don JOSÉ MIGUEL VERGARA CERDA, con la plena propiedad sobre el diez por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el nueve coma novecientos noventa y dos por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados.”. III. RATIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES: Los socios acordaron que en todo lo no modificado, seguirá plenamente vigente el pacto social de la sociedad INVERSIONES LA PRINCESA LIMITADA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 1 de diciembre de 2020. M. Medina R. Notario Público.