INTERVET VETERINARIA CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 22280/2020
- Notario
- María Pilar Gutiérrez Rivera
- Oficio
- 18 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
- El objeto de la sociedad será (Uno) la compra, venta, arriendo, importación, exportación, comercialización, distribución, instalación, mantención, elaboración y fabricación de todo tipo de productos, equipos, accesorios y repuestos químicos, cosméticos, farmacéuticos, veterinarios, de higiene ambiental, agrícolas y para la acuicultura, todo por cuenta propia o ajena; (Dos) la prestación de todo tipo de servicios y asesorías relacionadas o en conexión con lo anterior, ya sea por cuenta propia o ajena; (Tres) realizar todas las actividades relacionadas con lo anterior, así como la ejecución y celebración de todos aquellos actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento de las actividades señaladas en los números (Uno) y (Dos) precedentes; y (Cuatro) en general, realizar cualquier otra actividad que los socios de común acuerdo determinen. Se entenderá que existe este acuerdo cuando la decisión sea adoptada por el directorio.". La
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 01 de Diciembre de 2020, Repertorio N° 22.280 /2020, ante mí, Fernando José Castro del Río en representación de Intervet Holding B.V., y Martín Guillermo Müller Ossa en representación de Vetrex B.V., todos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello 2457, piso 19, Providencia, Santiago, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada INTERVET VETERINARIA CHILE LIMITADA (la "Sociedad"), en el siguiente sentido: (i) se modificó el objeto de la Sociedad, a fin de incluir dentro de sus actividades ciertas prestaciones adicionales; y (ii) como consecuencia de lo anterior, se reemplaza y sustituye íntegramente el Artículo Tercero de los estatutos sociales, por el siguiente: “TERCERO: OBJETO.- El objeto de la sociedad será (Uno) la compra, venta, arriendo, importación, exportación, comercialización, distribución, instalación, mantención, elaboración y fabricación de todo tipo de productos, equipos, accesorios y repuestos químicos, cosméticos, farmacéuticos, veterinarios, de higiene ambiental, agrícolas y para la acuicultura, todo por cuenta propia o ajena; (Dos) la prestación de todo tipo de servicios y asesorías relacionadas o en conexión con lo anterior, ya sea por cuenta propia o ajena; (Tres) realizar todas las actividades relacionadas con lo anterior, así como la ejecución y celebración de todos aquellos actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento de las actividades señaladas en los números (Uno) y (Dos) precedentes; y (Cuatro) en general, realizar cualquier otra actividad que los socios de común acuerdo determinen. Se entenderá que existe este acuerdo cuando la decisión sea adoptada por el directorio.". La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de diciembre de 2020.