CONSTRUCTORA ANDRES BASCUÑAN ESPIÑEIRA Y CÍA. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de noviembre de 2020
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 3 años desde fecha escritura, prorrogables períodos iguales sucesivos de 3 años forma prevista escritura
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) La realización de toda clase de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar a cualquier título, bienes raíces urbanos y rurales; desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza; efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de edificios, de oficinas, de locales comerciales, casas y departamentos, venderlos o explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar, adquirir, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; b) Realizar inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, administrar estas inversiones y percibir sus frutos; c) La compra, venta, comercialización y distribución de bienes muebles, especialmente relacionados con los neumáticos de todo tipo de transporte terrestre y sus accesorios y; d) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los acuerdos y contratos que sean necesarios a los fines indicados precedentemente, como cualquier otro que los accionistas acuerden
Administración
ANDRES BASCUÑAN ESPIÑEIRA con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, ANDRÉS BASCUÑAN ESPIÑEIRA, MARIA IGNACIA BASCUÑAN SALAZAR, ANTONIA BASCUÑAN SALAZAR, y ANDRES MATIAS BASCUÑAN SALAZAR, todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo número cinco mil ochocientos cincuenta y cinco, oficina mil cuatrocientos siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, decidieron dividir la sociedad CONSTRUCTORA ANDRES BASCUÑAN ESPIÑEIRA Y CIA. LIMITADA, en dos Sociedades de Responsabilidad Limitada de la siguiente forma: A) La primera de las sociedades CONSTRUCTORA ANDRES BASCUÑAN ESPIÑEIRA Y CIA. LIMITADA, será la continuadora legal de la actual sociedad, manteniendo su razón social y sus estatutos sociales con excepción de la cláusula 4° que queda de la siguiente manera: “CUARTO: El capital social de la sociedad es la suma de cuarenta y cuatro millones seiscientos treinta y tres mil pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente manera: A) ANDRÉS BASCUÑAN ESPIÑEIRA la suma de cuarenta millones seiscientos dieciséis mil treinta pesos, que representa el noventa y un por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social; B) MARIA IGNACIA BASCUÑAN SALAZAR la suma de un millón trescientos treinta y ocho mil novecientos noventa pesos, que representa el tres por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social; C) ANTONIA BASCUÑAN SALAZAR la suma de un millón trescientos treinta y ocho mil novecientos noventa pesos, que representa el tres por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social y; D) ANDRES MATIAS BASCUÑAN SALAZAR la suma de un millón trescientos treinta y ocho mil novecientos noventa pesos, que representa el tres por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social. B) La segunda sociedad, que se constituye a consecuencia de la división, girará bajo el siguiente estatuto: Razón social: INMOBILIARIA LOS CASTAÑOS LIMITADA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) La realización de toda clase de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar a cualquier título, bienes raíces urbanos y rurales; desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza; efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de edificios, de oficinas, de locales comerciales, casas y departamentos, venderlos o explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar, adquirir, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; b) Realizar inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, administrar estas inversiones y percibir sus frutos; c) La compra, venta, comercialización y distribución de bienes muebles, especialmente relacionados con los neumáticos de todo tipo de transporte terrestre y sus accesorios y; d) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los acuerdos y contratos que sean necesarios a los fines indicados precedentemente, como cualquier otro que los accionistas acuerden. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales. Duración: 3 años desde fecha escritura, prorrogables períodos iguales sucesivos de 3 años forma prevista escritura. Capital social: El capital social de la sociedad es la suma de cuatrocientos cincuenta y cinco millones trescientos sesenta y siete mil pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente manera: A) ANDRÉS BASCUÑAN ESPIÑEIRA la suma de cuatrocientos catorce millones trescientos ochenta y tres mil novecientos setenta pesos, que representa el noventa y un por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA LOS CASTAÑOS LIMITADA producto de la división de su propiedad, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta y uno de octubre del año dos mil veinte y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma; B) MARIA IGNACIA BASCUÑAN SALAZAR la suma de trece millones seiscientos sesenta y un mil diez pesos, que representa el tres por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA LOS CASTAÑOS LIMITADA producto de la división de su propiedad, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta de septiembre del año dos mil veinte y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma; C) ANTONIA BASCUÑAN SALAZAR la suma de trece millones seiscientos sesenta y un mil diez pesos, que representa el tres por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA LOS CASTAÑOS LIMITADA producto de la división de su propiedad, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta de septiembre del año dos mil veinte y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma y; D) ANDRES MATIAS BASCUÑAN SALAZAR la suma de trece millones seiscientos sesenta y un mil diez pesos, que representa el tres por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA LOS CASTAÑOS LIMITADA producto de la división de su propiedad, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta de septiembre del año dos mil veinte y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma. Administración: ANDRES BASCUÑAN ESPIÑEIRA con amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 2 de Noviembre de 2020. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.