MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGRÍCOLA LAS PIEDRAS 2 SpA

RUT 76353366-2 CVE 1861933
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de noviembre de 2020
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Rengo
Duración
Indefinida

Objeto social

la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles. corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valore, mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones

Administración

ejercida por una o más personas, naturales o jurídicas, designadas por los accionistas mediante: a) acuerdo adoptado en Junta de Accionista por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto; o b) escritura pública suscrita por la unanimidad de los mismos

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ANDRÉS CALVO LANTE DELLA ROVERE representante 14120504-8
SOCIEDAD DE INVERSIONES CENTENARIO SPA socio 77119674-8
SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS PIEDRAS SPA socio 76353366-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular Octava Notaria de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, Notario Público, certifico que por escritura pública otorgada hoy, ante mí, comparecen ANDRÉS CALVO LANTE DELLA ROVERE, chileno, casado, empresario, RUN 14.120.504-8, en representación de SOCIEDAD DE INVERSIONES LA TURBINA SPA, sociedad del giro de su denominación, RUT: 77.116.483-8; y don MARTÍN CALVO LANTE DELLA ROVERE, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número RUN 16.368.740-2, en representación de SOCIEDAD DE INVERSIONES CENTENARIO SPA., RUT: 77.119.674-8; ambas sociedades, únicos accionistas de SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS PIEDRAS SPA., RUT N° 76.353.366-2, y de AGRÍCOLA LAS PIEDRAS 2 SPA., RUT N° 76.972.746-9, acordaron lo siguiente: 1) La fusión por absorción de AGRÍCOLA LAS PIEDRAS 2 SPA. a SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS PIEDRAS SPA., absorbiendo la primera a la segunda. SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS PIEDRAS SPA. aporta a AGRÍCOLA LAS PIEDRAS 2 SPA. todo su activo, con cargo de pagar esta última todo el pasivo. El aporte del activo que se pacta es de especie o cuerpo cierto, pues versa sobre la totalidad del patrimonio de la absorbida y, por ende, comprende todos sus bienes y deudas. 2) Consecuencialmente, se disuelve SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS PIEDRAS SPA. y quedan radicados, en AGRÍCOLA LAS PIEDRAS 2 SPA. los derechos de los socios de la sociedad absorbida. 3) Nuevo capital. Como resultado de esta fusión, AGRÍCOLA LAS PIEDRAS 2 SPA., cuyo capital social es de $5.000.000, aumenta su capital con el correspondiente a SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS PIEDRAS SPA., ascendente a $1.000.000. Por consiguiente, el capital social de AGRÍCOLA LAS PIEDRAS 2 SPA. fusionada con la otra sociedad, pasa a ser de $6.000.000. 4) Se fija nuevo texto refundido de los estatutos de AGRÍCOLA LAS PIEDRAS 2 SPA. Razón social: AGRÍCOLA LAS PIEDRAS 2 SPA. Objeto: la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles. corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valore, mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones. Domicilio: Rengo, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en otros lugares del país. Administración: ejercida por una o más personas, naturales o jurídicas, designadas por los accionistas mediante: a) acuerdo adoptado en Junta de Accionista por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto; o b) escritura pública suscrita por la unanimidad de los mismos. Capital: $6.000.000, dividido en 17.508 acciones ordinarias, nominativas, de una misma clase y sin valor nominal. Completamente pagado. SOCIEDAD DE INVERSIONES LA TURBINA SPA., 8.754 acciones; y SOCIEDAD DE INVERSIONES CENTENARIO SPA., 8.754 acciones. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 9 de noviembre de 2020.