Instrumento
- Fecha
- 30 de noviembre de 2020
- Notario
- Humberto Quezada Moreno
- Oficio
- 26º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y / o de terceros y /o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades:/a) la celebración y ejecución de toda clase de contratos, actos y actividades de carácter inmobiliario en sus distintas formas, comprendiéndose en ella la adquisición, enajenación, arrendamiento, y subarrendamiento de bienes raíces, sus enteros, cuotas, derechos, porciones; el desarrollo y ejecución de proyectos, incluyendo la división, loteos y comercialización; el financiamiento, ejecución y desarrollo de actividades de carácter inmobiliario en el campo de obras civiles, comerciales, industriales u otras; la explotación en forma directa de negocios y operaciones relativas a bienes raíces y su equipamiento en sus distintos aspectos, y otras que digan relación con la industria en cuestión y que sean conducentes, útiles o necesarios a la consecución de los fines sociales, sin necesidad de modificar los presentes Estatutos; /b) prestar asesorías profesionales en cualquier ámbito relacionado con las inversiones, inmobiliaria, administración de fondos, venta de bienes muebles o inmuebles; c) la importación y exportación de todo tipo de bienes sean estos corporales o incorporales; d) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, con la facultad de administrar dichas inversiones; /e) la adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, pagarés u otros valores o instrumentos; /f) Formar y participar en cualquier forma e intervenir en toda clase de negocios, empresas, sociedades, entidades y comunidades; /g) La representación, comercialización y distribución de cualquier clase de productos, bienes o servicios; /h) Realizar inversiones financieras e inmobiliarias; i) la realización de inversiones y participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, tanto en Chile como en el extranjero; y /j) en general, cualquier otra actividad que los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes Estatutos. La actividad económica podrá realizarse por cuenta propia o en representación de otras personas, naturales o jurídicas y podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades e ingresar a ellas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, abogado, Notario Público, titular de la 26º Notaría de Santiago, Huérfanos N°835, piso 2, comuna y ciudad de Santiago, certifico: po9r escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2020, Rep. 7.160, ante mí, CHUCAW SpA, representada por José Ignacio Poblete Fano y Sofía Ricci Pérez, domiciliados en Luz Nº 2929, departamento 106, Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: CHUCAW SpA. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y / o de terceros y /o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades:/a/ la celebración y ejecución de toda clase de contratos, actos y actividades de carácter inmobiliario en sus distintas formas, comprendiéndose en ella la adquisición, enajenación, arrendamiento, y subarrendamiento de bienes raíces, sus enteros, cuotas, derechos, porciones; el desarrollo y ejecución de proyectos, incluyendo la división, loteos y comercialización; el financiamiento, ejecución y desarrollo de actividades de carácter inmobiliario en el campo de obras civiles, comerciales, industriales u otras; la explotación en forma directa de negocios y operaciones relativas a bienes raíces y su equipamiento en sus distintos aspectos, y otras que digan relación con la industria en cuestión y que sean conducentes, útiles o necesarios a la consecución de los fines sociales, sin necesidad de modificar los presentes Estatutos; /b/ prestar asesorías profesionales en cualquier ámbito relacionado con las inversiones, inmobiliaria, administración de fondos, venta de bienes muebles o inmuebles; c) la importación y exportación de todo tipo de bienes sean estos corporales o incorporales; d) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, con la facultad de administrar dichas inversiones; /e/ la adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, pagarés u otros valores o instrumentos; /f/ Formar y participar en cualquier forma e intervenir en toda clase de negocios, empresas, sociedades, entidades y comunidades; /g/ La representación, comercialización y distribución de cualquier clase de productos, bienes o servicios; /h/ Realizar inversiones financieras e inmobiliarias; i) la realización de inversiones y participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, tanto en Chile como en el extranjero; y /j/ en general, cualquier otra actividad que los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes Estatutos. La actividad económica podrá realizarse por cuenta propia o en representación de otras personas, naturales o jurídicas y podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades e ingresar a ellas. Capital: $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de igual valor y sin valor nominal, se suscribe y paga íntegramente en acto escritura extractada por accionista CHUCAW SpA. Administración y Representación de la Sociedad. La administración de la sociedad, su representación, y el uso de la razón social corresponderá exclusiva e indistintamente a cualquiera de los señores don José Ignacio Poblete Fano y doña Sofía Ricci Pérez, quienes, en su calidad de administradores, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo cuarenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis otorga al Directorio de una sociedad anónima, y las ejercerán personalmente, y anteponiendo su firma a la razón social representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Duración: Indefinida. Otras estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 2 de diciembre de 2020. HQM. Not. Pub.