Instrumento
- Fecha
- 3 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 11775/2020
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N°18.046.
Objeto social
El objeto de la sociedad es la explotación de todo tipo de vehículos de transporte terrestre, de agua o aéreos, sean propios o ajenos, la importación, comercialización, distribución, representación, fabricación, importación, compra y venta, arrendamiento y subarrendamiento en cualquier forma, de camiones, buses, camionetas, automóviles y otros vehículos motorizados, terrestres o acuáticos, maquinaria, repuestos y accesorios; la celebración de contratos de arrendamiento con opción de compra, tanto en calidad de arrendador como de arrendatario, sobre toda clase de vehículos motorizados terrestres o acuáticos; la reparación, restauración y mantenimiento de toda clase de vehículos; realizar por cuenta propia o ajena publicidad y propaganda comercial por cualquier medio de difusión; asesoría y consultoría en marketing; organización de toda clase de eventos y actividades relacionadas con recreación, turismo y deporte en general; formar parte de otras sociedades que existan actualmente o que se constituyan en el futuro, constituirlas, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de bienes corporales o incorporales, contratos o negociaciones; toda forma de inversión de los fondos sociales, sobre cualquiera clase de bienes, contratos u operaciones; en general cualquier otra actividad y la ejecución y celebración de todo tipo de actos o contratos que sean conducentes al cumplimiento de los fines sociales y que se relacionen directa o indirectamente con las anteriores. Administración La sociedad será dirigida y administrada por un Directorio compuesto de tres miembros elegidos por la Junta Ordinaria de Accionistas, que representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades previstas en artículo 40 de la Ley N°18.046.-El capital de la sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, dividido en mil acciones de una misma y única serie, sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones de pleno derecho del capital y valor de las acciones que se produzcan de conformidad con la ley. El capital se encuentra íntegramente suscrito y se pagará en el plazo de un año a contar de la fecha de la escritura de constitución
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada 341, 4º piso, Comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 03 de diciembre de 2020, Repertorio 11775/2020, ante mí, don DANIEL SEBASTIÁN MAS VALDÉS, cédula nacional de identidad N°10.055.854-8 y doña MACARENA SOFÍA PIZARRO DE LA PIEDRA, cédula nacional de identidad N° 12.629.927-3, ambos domiciliados en avenida Alonso de Córdoba número cinco mil trescientos veinte, piso quinto, comuna de Las Condes, Santiago, constituyen Sociedad por Acciones. Denominación Social: BUSINESS MOBILITY SpA, pudiendo utilizar para fines comerciales y de publicidad nombre de fantasía B mob SpA.- Objeto: El objeto de la sociedad es la explotación de todo tipo de vehículos de transporte terrestre, de agua o aéreos, sean propios o ajenos, la importación, comercialización, distribución, representación, fabricación, importación, compra y venta, arrendamiento y subarrendamiento en cualquier forma, de camiones, buses, camionetas, automóviles y otros vehículos motorizados, terrestres o acuáticos, maquinaria, repuestos y accesorios; la celebración de contratos de arrendamiento con opción de compra, tanto en calidad de arrendador como de arrendatario, sobre toda clase de vehículos motorizados terrestres o acuáticos; la reparación, restauración y mantenimiento de toda clase de vehículos; realizar por cuenta propia o ajena publicidad y propaganda comercial por cualquier medio de difusión; asesoría y consultoría en marketing; organización de toda clase de eventos y actividades relacionadas con recreación, turismo y deporte en general; formar parte de otras sociedades que existan actualmente o que se constituyan en el futuro, constituirlas, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de bienes corporales o incorporales, contratos o negociaciones; toda forma de inversión de los fondos sociales, sobre cualquiera clase de bienes, contratos u operaciones; en general cualquier otra actividad y la ejecución y celebración de todo tipo de actos o contratos que sean conducentes al cumplimiento de los fines sociales y que se relacionen directa o indirectamente con las anteriores. Administración La sociedad será dirigida y administrada por un Directorio compuesto de tres miembros elegidos por la Junta Ordinaria de Accionistas, que representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades previstas en artículo 40 de la Ley N°18.046.-El capital de la sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, dividido en mil acciones de una misma y única serie, sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones de pleno derecho del capital y valor de las acciones que se produzcan de conformidad con la ley. El capital se encuentra íntegramente suscrito y se pagará en el plazo de un año a contar de la fecha de la escritura de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.-MMO.-