MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES MAVI LIMITADA

RUT 76002760-K CVE 1860545
Capital
$447.720.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Repertorio
22729/2020
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$447.720.000 CLP

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MAGDALENA VICTORIA ORREGO NOVOA socio 6278331-1
JAIME FELIPE MONTERO ORREGO socio 15644753-6
GABRIELA ANDREA MONTERO ORREGO socio 15379478-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2.020, Repertorio N°22.729/2020.-, ante mí, los socios de “SOCIEDAD DE INVERSIONES MAVI LIMITADA”, RUT N°76.002.760-K, sociedad inscrita a FS 29.398 N°22.078 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2.003, doña MAGDALENA VICTORIA ORREGO NOVOA, empresaria, RUT N°6.278.331-1, don JAIME FELIPE MONTERO ORREGO, arquitecto, RUT N°15.644.753-6, doña GABRIELA ANDREA MONTERO ORREGO, ingeniera informática, RUT N°15.379.478-2; y doña MARIA VICTORIA MONTERO ORREGO, diseñadora, RUT N°17.603.487-4, todos, domiciliados para estos efectos, en Avenida Manquehue Norte N°151, oficina 206, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago. Acuerdan modificar la sociedad en la siguiente forma: AUMENTO CAPITAL: Aumentar el capital social desde la suma de $447.720.000.- a la suma de $669.300.000.-, aumentando el capital en la suma de $221.580.000.-, que se pagarán en la siguiente forma: MARIA VICTORIA MONTERO ORREGO, con el consentimiento expreso de todos sus socios, aportará, en un plazo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento, la suma de $73.860.000.-, con lo cual aumentará su participación a un 20% de los derechos sociales; GABRIELA ANDREA MONTERO ORREGO, con el consentimiento expreso de todos sus socios, aportará, en un plazo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento, la suma de $73.860.000.-, con lo cual, aumentará su participación a un 20% de los derechos sociales; y JAIME FELIPE MONTERO ORREGO, con el consentimiento expreso de todos sus socios, aportará, en un plazo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento, la suma de $73.860.000.-, con lo cual, aumentará su participación a un 20% de los derechos sociales. En consecuencia, los socios acuerdan modificar el Artículo Séptimo del Pacto Social y reemplazarlo por el siguiente: “SEPTIMO. Capital. El Capital de la sociedad es la suma de $669.300.000.-, que los socios han suscrito y pagado en la siguiente forma y proporción: a) Doña MAGDALENA VICTORIA ORREGO NOVOA, suscribe y paga la suma de $267.720.000.-, equivalentes al 40% de los derechos sociales, que se encuentran totalmente pagados e ingresados en la caja social; b) Doña GABRIELA ANDREA MONTERO ORREGO, suscribe y paga la suma de $133.860.000.-, equivalentes al 20% de los derechos sociales, de los cuales, $60.000.000.- se encuentran íntegramente pagados e ingresados en la caja social con anterioridad a este acto, y el saldo, de $73.860.000.-, se pagará en un plazo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento; c) Doña MARIA VICTORIA MONTERO ORREGO, suscribe y paga la suma de $133.860.000.-, equivalentes al 20% de los derechos sociales, de los cuales, $60.000.000.- se encuentran íntegramente pagados e ingresados en la caja social con anterioridad a este acto, y el saldo, de $73.860.000.-, se pagará en un plazo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento; y d) Don JAIME FELIPE MONTERO ORREGO, debidamente representado, suscribe y paga la suma de $133.860.000.-, equivalentes al 20% de los derechos sociales, de los cuales, $60.000.000.- se encuentran íntegramente pagados e ingresados en la caja social con anterioridad a este acto, y el saldo, de $73.860.000.-, se pagará en un plazo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento.” La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad se sin modificaciones. La responsabilidad de los socios se limita hasta el monto de sus aportes. Mantienen vigor cláusulas no modificadas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de noviembre de 2.020.