Inmobiliaria San Pancracio S.A.
Instrumento
- Fecha
- 2 de noviembre de 2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $101.948 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera 4.886, San Miguel, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública de fecha 02 de noviembre de 2020 ante mí, se redujo el Acta de Junta Extraordinaria Accionistas de Inmobiliaria San Pancracio S.A., inscrita fojas 14730, Nº 10368 Registro Comercio de Santiago, año 2012, que aprobó, entre otras materias: (a) aprobar los balances, memorias y demás estados financieros de la Sociedad, desde el año 2012 y hasta el año 2019, aumentado el capital de pleno derecho desde la suma de $101.948.763 a la nueva suma de $223.419.471, sin la emisión de nuevas acciones; (b) la fusión por incorporación de Inmobiliaria San Pancracio S.A. (sociedad absorbente), con la sociedad Inversiones Bahía S.A. (sociedad absorbida), inscrita fojas 14733, Nº 10369 Registro de Comercio Santiago, año 2012, fusión con efecto legal, tributario y financiero a la fecha reducción a escritura pública de las actas respectivas, efectuada el día 02 de noviembre de 2020; (c) a consecuencia de la fusión, aumentar el capital de la sociedad absorbente, desde $223.419.471 dividido en 1.000 acciones a la cantidad de $368.405.234 dividido en 2.229 acciones nominativas, sin valor nominal, misma y única serie, y de igual valor cada una, esto es, en la suma de $144.985.763 mediante la emisión de 1.229 nuevas acciones; y (d) se reemplazan los Artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad asciende a la suma de trescientos sesenta y ocho millones cuatrocientos cinco mil doscientos treinta y cuatro pesos, dividido en dos mil doscientas veintinueve acciones nominativas, sin valor nominal de una misma y única serie, y de igual valor cada una, íntegramente suscrito y pagado en la forma expresada en el artículo primero transitorio de estos estatutos”; y "Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad, que se fijó en el Artículo Quinto de los Estatutos en la cantidad de trescientos sesenta y ocho millones cuatrocientos cinco mil doscientos treinta y cuatro pesos, dividido en dos mil doscientas veintinueve acciones nominativas, sin valor nominal de una misma y única serie, y de igual valor cada una, se suscribe y paga en la forma que pasa a expresarse: /a/ Con la suma de ciento un millones novecientos cuarenta y ocho mil setecientos sesenta y tres pesos, representativa de mil acciones, íntegramente suscrito y pagado, que corresponde al capital suscrito y pagado al día dos de enero de dos mil doce; /b/ Con la suma de ciento veintiún millones cuatrocientos setenta mil setecientos ocho pesos, producto de la revalorización de pleno derecho del capital propio, conforme a lo aprobado en Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el dos de noviembre de dos mil veinte; y c) Con la suma de ciento cuarenta y cuatro millones novecientos ochenta y cinco mil setecientos sesenta y tres pesos, representativa de mil doscientos veintinueve acciones, cuya emisión fue acordada con motivo de la fusión por incorporación de Inversiones Bahía S.A. en Inmobiliaria San Pancracio S.A., aprobada en Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el dos de noviembre de dos mil veinte. Tales acciones se entenderán suscritas y pagadas con la totalidad de los activos, pasivos y patrimonio de Inversiones Bahía S.A. que se transfieren a Inmobiliaria San Pancracio S.A. con motivo de la fusión señalada”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de diciembre 2020.