MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VARGAS & VARGAS LIMITADA

RUT 76015250-1 CVE 1859562
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de octubre de 2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Abogado, Notario Suplente de doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, Entrepiso, certifica:- Por escritura de fecha 22 de Octubre de 2020, ante Mi, comparecieron:- don GUILLERMO ANDRÉS VARGAS PARRA; doña CAROLINA ANDREA VARGAS PARRA, ambos domiciliados en calle Cuevas N° 943, Comuna y Ciudad de Santiago; y, doña CONSTANZA VIVIANA VARGAS ESPINOZA, domiciliada en Los Jazmines N° 655, Comuna de Ñuñoa, Ciudad de Santiago; quienes modificaron la Sociedad denominada VARGAS & VARGAS LIMITADA, con el nombre de fantasía GV BOLSOS PUBLICITARIOS, RUT: 76. 015.250-1, Constituida por escritura pública de fecha 23 de Octubre del año 2003, suscrita ante el Notario Público de Santiago don Enrique Tornero Figueroa; un extracto de la misma se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 32.774, número 24.736, correspondiente al año 2.003, y, se publicó en el Diario Oficial del día 4 de Noviembre del año 2.003.- Modificada por escritura pública de fecha 25 de Marzo del año 2.014, suscrita ante la Notario Público de Santiago doña Maria Soledad Santos Muñoz, fecha desde la cual se cambio la razón social a VARGAS & VARGAS LIMITADA, con el nombre de fantasía GV BOLSOS PUBLICITARIOS, un extracto de la misma se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 24647, número 15523, correspondiente al año 2014, y, se publicó en el Diario Oficial del día 4 de Abril del año 2014.- Que el uso de la razón social, como también la administración de la sociedad, corresponde única y exclusivamente al socio don GUILLERMO ANDRÉS VARGAS PARRA, con la totalidad de las facultades indicadas en la cláusula cuarta de dicho pacto social.- Que el capital social es la suma de $1.000.000.- Que dicha sociedad no ha sufrido modificación alguna hasta la fecha.- a) don GUILLERMO ANDRÉS VARGAS PARRA, dueño del 95%, del total del capital, haber e interés social, vende, cede y transfiere el equivalente al 15%, del total de los derechos sociales a doña CONSTANZA VIVIANA VARGAS ESPINOZA, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la cantidad de $20.000.000, que se pagaran en 4 cuotas anuales de $5.000.000, cada una con vencimiento la primera de ellas el día 02 de Enero del año 2021.- En virtud de la presente cesión de derechos, son únicos y exclusivos socios de la sociedad, VARGAS & VARGAS LIMITADA, con el nombre de fantasía GV BOLSOS PUBLICITARIOS, y, dueños del 100%, de los derechos, haber e interés social, don GUILLERMO ANDRÉS VARGAS PARRA, con 80%; doña CAROLINA ANDREA VARGAS PARRA, con 5%; y, doña CONSTANZA VIVIANA VARGAS ESPINOZA, con 15%, quienes introducen al primitivo pacto social la siguiente Modificación.- Se elimina en todas sus partes y términos la exigencia de que comparezcan ambos socios en caso de enajenación de bienes raíces de la sociedad señalada al final del numeral veintiocho de la Cláusula Cuarta de la escritura de constitución de fecha veintitrés de Octubre del año dos mil tres otorgada en la Notaria de Santiago de don Enrique Tornero Figueroa.- Por lo que don GUILLERMO ANDRÉS VARGAS PARRA, podrá libremente comprar, vender, enajenar o gravar bienes raíces o constituirse en fiador o codeudor solidario de obligaciones de tercero.- de bienes raíces.- En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continúa vigente en todo su contexto el primitivo pacto social.- Santiago, 04 de Noviembre de 2020.-