SOLUCIONES LOGÍSTICAS DIGITALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de noviembre de 2020
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Domicilio
- 42
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.200.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular 42, Notaría Santiago, Agustinas 1070 2° piso, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de Noviembre de 2020 otorgada ante mí, JAIME RICARDO POLANCO GALLARDO, José Martí 4155, Pedro Aguirre Cerda, YASNA PAMELA POLANCO GALLARDO, Ambrosio O’Higgins 1257, Maipú; CARLOS ALBERTO SALINAS PALMA, Ambrosio O’Higgins 1257, Maipú y; RICARDO JAVIER MORGADO RUIZ, Estación Loncoche 0236, Quilicura, modificaron sociedad constituida por escritura pública de fecha 18 de abril de 2020, otorgada en la Notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas, denominada "SOLUCIONES LOGÍSTICAS DIGITALES LIMITADA” o “DIPOLO LTDA”, siendo sus socios fundadores don Jaime Ricardo Polanco Gallardo, doña Yasna Pamela Polanco Gallardo, don Carlos Alberto Salinas Palma y don Ricardo Javier Morgado Ruiz, inscrita a fojas 25314 N°12.828 Registro Comercio Santiago año 2020, rut N°77.148.361-5, siendo su capital la suma de $3.200.000. MODIFICACIONES: A) Se modifica la administración establecida en la CLÁUSULA CUARTA, quedando como sigue: “CUARTO: Administración y representante legal. La administración y representación de la empresa y el uso del nombre de la misma, corresponderá indistintamente a don Jaime Ricardo Polanco Gallardo y a don Ricardo Javier Morgado Ruiz quienes la ejercerán de manera conjunta o por intermedio de apoderados o delegados designados por ambos conjuntamente y especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. Los socios administradores, actuando en forma conjunta, ya sea por sí o por medio de los apoderados que designen al efecto, la representarán con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y especialmente con las que a titulo meramente enunciativo y no taxativo se indican en la escritura que se extracta, En caso que, por cualquier motivo, don JAIME RICARDO POLANCO GALLARDO y don RICARDO JAVIER MORGADO RUIZ no puedan ejercer en conjunto la administración para el caso concreto, podrán delegarle poder a alguno de los socios comparecientes en la constitución de la presente sociedad, por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. B) Se modifican los estatutos en su CLÁUSULA SÉPTIMA, quedando como sigue: “SÉPTIMO: Utilidades y pérdidas. Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se repartirán entre los socios según los siguientes porcentajes que se detallan a continuación: don Jaime Ricardo Polanco Gallardo con 22,33%; Yasna Pamela Polanco Gallardo con 22,33%; Carlos Alberto Salinas Palma con 22,33% y Ricardo Javier Morgado Ruiz con 33,01%. Estos porcentajes dicen relación únicamente con utilidades y pérdidas, más no con la toma de decisiones respecto de la sociedad; el voto de cada socio, para éstos efectos, es igual al de los demás socios. En todo lo no modificado por el presente instrumento, regirán plenamente las estipulaciones contenidas en el pacto constitutivo. Santiago, 30 de Noviembre de 2020.-