CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES KOVACS SpA

CVE 1859551
Fecha instrumento
4 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de noviembre de 2020
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA LUISA VERA JERALDO, Notario Suplente de la 21° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°578, Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 04/11/2020, repertorio número 12.649/2020, ante la Notario Titular MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA: Kovacs SpA saneó el vicio contenido en el extracto de la escritura pública otorgada con fecha 25/09/2020 ante esta misma notaría por la cual se constituyó Inversiones Kovacs SpA, inscrito a fojas 68.649, N°32.870 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020. En efecto, se indicó erróneamente en el extracto el nombre del representante de la sociedad constituyente, el objeto social y el capital. Por tanto, se sanea en el sentido de que dónde dice que el representante de Kovacs SpA es don Eduardo Kovacs Amengual, debe decir que es don Eduardo Kovacs Bauer. Asimismo, donde se indica que el objeto de la sociedad es “la realización, organización y desarrollo de toda clase de actividades económicas, así como la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, con fines rentísticos, incluidas acciones o valores mobiliarios e instrumentos financieros y efectos de comercio, incluyendo la formación y la participación de otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos y/o rentas”, debe decir que la sociedad tiene por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, con fines rentísticos, incluidas acciones, valores mobiliarios, moneda extranjera e instrumentos financieros y efectos de comercio, sean en Chile o en el extranjero, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades, especialmente en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos y/o rentas. Por último, donde dice que “el capital de la sociedad es de un millón de pesos dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y de una única serie, íntegramente suscrito, y que deberá ser pagado en el plazo de tres años en la forma indicada en los artículos transitorios de la escritura extractada”, debe decir que el capital de la sociedad es de diez mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalente al día de hoy a siete millones ochocientos ochenta mil doscientos pesos, dividido en setenta y ocho mil ochocientas dos acciones nominativas, sin valor nominal y de única serie, íntegramente suscrito y que se pagará dentro del plazo de seis meses a contar de la fecha de la escritura de constitución. Demás estipulaciones constan en escrituras extractadas.