CONSTITUCIÓN Cooperativa

Cooperativa de Productores Orgánicos de Chile

CVE 1859760
Fecha instrumento
1 de diciembre de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
1 de diciembre de 2020

Sociedad

N. fantasía
ORGANICOOP
Domicilio
Comuna de Curicó, Provincia de Curicó, Región del Maule
Duración
Indefinida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 01 de diciembre de 2020 se redujo Acta de Junta General Constitutiva de Socios de la Cooperativa de Productores Orgánicos de Chile Celebrada el día 16 de noviembre del 2020, se aprobó la constitución de la Cooperativa y sus estatutos, por los ocho socios fundadores asistentes a la Junta General Constitutiva. Razón Social: Cooperativa de Productores Orgánicos de Chile, Nombre de fantasía: ORGANICOOP. Domicilio: Comuna de Curicó, Provincia de Curicó, Región del Maule. Duración: Indefinida. Objetos: a) Producir, procesar, comercializar, importar, exportar, intercambiar y distribuir todo tipo de productos orgánicos. b) Producir, procesar, comercializar, importar, exportar y distribuir todo tipo de insumos y materiales para la producción orgánica. c) Realizar y promover la producción orgánica, por medio de la Investigación, Desarrollo, Innovación, Transferencia Tecnológica, Capacitación y Prácticas en base a principios agroecológicos. d) Organizar, realizar y participar en acciones de difusión de la producción y consumo de productos orgánicos. e) Promover el desarrollo económico, social y cultural de sus cooperados, las comunidades y el medio ambiente en que se inserte la Cooperativa, con énfasis en la pequeña agricultura y su integración a la producción orgánica. f) Desarrollar alianzas con otras cooperativas y organizaciones de productos orgánicos, instituciones de investigación y desarrollo, instituciones educacionales, instituciones gubernamentales y de fomento de la inversión y producción orgánica. Capital Inicial: Ocho millones de pesos, dividido en ochenta mil cuotas de participación de un valor inicial de cien pesos cada una, se suscribe y pagará de la siguiente forma: a) Los socios fundadores, suscriben en este acto ochenta mil cuotas de participación, las que pagarán dentro del plazo de dos meses contados desde la fecha de constitución de la Cooperativa. b) El resto de las cuotas, serán suscritas y pagadas por éstos o los socios que ingresen con posterioridad, de conformidad con las normas permanentes del Estatuto y normas legales y reglamentarias aplicables. Demás estipulaciones escritura extractada. Curicó, 02 de diciembre de 2020.-