MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO FÍSICO TORRES DEL PAINE LIMITADA

RUT 76028390-8 CVE 1859868
Capital
$11.282.650 CLP
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$11.282.650 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será ciudad de Santiago
Duración
La sociedad tendrá una duración 10 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de las socias manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos 6 meses antes de fin del respectivo período

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la creación, implementación y explotación de gimnasios y centros de acondicionamiento físico y de salud; la compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución, por cuenta propia o ajena de todo tipo de implementos y maquinarias para gimnasios, vestuario deportivo y)o alimentos para deportistas; la prestación de servicios y clases de gimnasia y acondicionamiento físico, en inmuebles propios o ajenos; así como la realización u organización de todo tipo de eventos deportivos y)o salud; y cualquier otro negocio que acordaren los

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Elena Diana Davet Pavlov, y a doña Dania Andrea Ulloa Davet quienes, obrando en forma conjunta o individual, separada e indistintamente, y que al firmar deberán hacerlo con su firma personal precedida de la razón social podrán ejercer las facultades indicadas en escritura extractada. Responsabilidad. La responsabilidad personal de cada socia queda limitada al monto de su respectivo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33ª Notaría de Santiago, Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 19 de Noviembre del 2020, ante mí, INMOBILIARIA VILLA AGUEDA LIMITADA, domiciliada en Avenida Antonia López de Bello número ciento treinta y tres, Comuna de Recoleta, Región Metropolitana, y SOCIEDAD ALEXANDROFF ULLOA Y COMPAÑÍA LIMITADA domiciliada en Avenida Consistorial número cinco mil trescientos diez, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, únicas socias de CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO FÍSICO TORRES DEL PAINE LIMITADA, inscrita a fs. 36.313 N° 27.521 RCCBR de Santiago, año 2003, acordaron dividirla en dos sociedades, manteniendo la sociedad divida su razón social actual, y la nueva que nacerá producto de esta división bajo la razón social de INMOBILIARIA TORRES DEL PAINE CONSISTORIAL LIMITADA. Para lo anterior, las socias acuerdan primeramente disminuir el capital de la sociedad CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO FÍSICO TORRES DEL PAINE LIMITADA, ascendente a $120.000.000 pesos a $11.282.650 pesos, fijando un nuevo texto refundido del estatuto social de CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO FÍSICO TORRES DEL PAINE LIMITADA, considerando la división acordada. ESTATUTO SOCIAL REFUNDIDO. INMOBILIARIA VILLA AGUEDA LIMITADA, y SOCIEDAD ALEXANDROFF ULLOA Y COMPAÑÍA LIMITADA constituyen una sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO FÍSICO TORRES DEL PAINE LIMITADA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la creación, implementación y explotación de gimnasios y centros de acondicionamiento físico y de salud; la compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución, por cuenta propia o ajena de todo tipo de implementos y maquinarias para gimnasios, vestuario deportivo y/o alimentos para deportistas; la prestación de servicios y clases de gimnasia y acondicionamiento físico, en inmuebles propios o ajenos; así como la realización u organización de todo tipo de eventos deportivos y/o salud; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Domicilio: El domicilio de la sociedad será ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales u oficinas donde los socios estimen conveniente, ya sea dentro del país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá una duración 10 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de las socias manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos 6 meses antes de fin del respectivo período. Capital: El capital social será la suma de $11.282.650 pesos que las socias aportan del siguiente modo: uno.- INMOBILIARIA VILLA AGUEDA LIMITADA, aporta un 50% del capital y de los derechos sociales, equivalente a $5.641.325 pesos, el cual ha sido pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha. dos.- SOCIEDAD ALEXANDROFF ULLOA Y COMPAÑÍA LIMITADA aporta, un 50% del capital y de los derechos sociales, equivalente a $5.641.325 pesos el cual ha sido pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente enterado y pagado. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Elena Diana Davet Pavlov, y a doña Dania Andrea Ulloa Davet quienes, obrando en forma conjunta o individual, separada e indistintamente, y que al firmar deberán hacerlo con su firma personal precedida de la razón social podrán ejercer las facultades indicadas en escritura extractada. Responsabilidad. La responsabilidad personal de cada socia queda limitada al monto de su respectivo aporte. CONSTITUCIÓN Y ESTATUTO SOCIAL INMOBILIARIA TORRES DEL PAINE CONSISTORIAL LIMITADA. INMOBILIARIA VILLA AGUEDA LIMITADA, y SOCIEDAD ALEXANDROFF ULLOA Y COMPAÑÍA LIMITADA constituyen una sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “INMOBILIARIA TORRES DEL PAINE CONSISTORIAL LIMITADA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes inmuebles y muebles, sean éstos corporales e incorporales, y la administración de toda clase de inmuebles y edificios, ya sea propios o ajenos, pudiendo para tales efectos realizar todos aquellos actos y celebrar todos aquellos contratos que fueren necesarios o conducentes a la eficaz concreción de los fines sociales, incluyendo la compra, venta y arrendamiento de bienes raíces y otros bienes relacionados directa o indirectamente con su giro . Domicilio: El domicilio de la sociedad será ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales u oficinas donde los socios estimen conveniente, ya sea dentro del país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá una duración de 10 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos 6 meses antes de fin del respectivo período. Capital: El capital social será la suma de $108.716.350 pesos que las socias aportan del siguiente modo: uno.- INMOBILIARIA VILLA AGUEDA LIMITADA, aporta el 50% del capital y de los derechos sociales, equivalente a $54.358.675 pesos, el cual ha sido pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha. dos.- SOCIEDAD ALEXANDROFF ULLOA Y COMPAÑÍA LIMITADA aporta el 50% del capital y de los derechos sociales, equivalente a $54.358.675 pesos, el cual ha sido pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente enterado y pagado. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Elena Diana Davet Pavlov, y a doña Dania Andrea Ulloa Davet quienes, obrando en forma conjunta o individual, separada e indistintamente, y que al firmar deberán hacerlo con su firma personal precedida de la razón social podrán ejercer las facultades indicadas en escritura extractada. Responsabilidad. La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de su respectivo aporte. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de Noviembre del 2020.